Plazo:
- La presentación y en su caso, el ingreso, se efectuarán en el plazo de los 6 meses siguientes a la fecha de devengo.
- Cuando el fallecimiento tenga lugar fuera de España, el plazo será de 10 meses.
Instrucciones:
En caso de realizar la tramitación del modelo 660 de forma telemática:
- Si la sucesión se documenta en documento privado:
Debe adjuntar, de forma obligatoria, en el propio formulario de presentación (botón "Adjuntar documentación"), copia de los siguientes documentos:
- Documento de aceptación de herencia (general o sociedad de conquistas)
- Certificado de defunción
- Certificado de últimas voluntades
- Testamento o auto de declaración de herederos
- Justificación documental de los bienes y derechos objeto de transmisión
- Justificación documental de las cargas, deudas y gastos de última enfermedad, entierro y funeral cuya deducción se solicite
Asimismo, en caso de haber aplicado algún beneficio fiscal, podrá aportar también la documentación acreditativa del derecho a su aplicación.
- Si la sucesión se documenta en escritura pública:
Debe adjuntar de forma obligatoria, en el propio formulario de presentación (botón "Adjuntar documentación"):
- Copia simple de la escritura pública de aceptación de herencia
Asimismo, en caso de haber aplicado algún beneficio fiscal, podrá aportar también la documentación acreditativa del derecho a su aplicación.
La presentación del modelo 660 es obligatoria, con la única excepción de cuando se presente una autoliquidación del Impuesto a los solos efectos de cobrar seguros sobre la vida a través del modelo 652.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Certificado digital o DNI electrónico