Devolución del IVA soportado por determinadas operaciones de adquisición o importación

Solicitud de la devolución del IVA soportado por las y los empresarios o profesionales establecidos en territorio de aplicación del impuesto, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, al realizar adquisiciones o importaciones de bienes o servicios efectuadas en el resto de la Comunidad

Información básica

Empresarias, empresarios o profesionales establecidos en territorio de aplicación del Impuesto, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, que cumpliendo los requisitos exigidos en la normativa aplicable, hayan efectuado adquisiciones o importaciones de bienes o servicios en otro Estado miembro de la Unión Europea.

Nota: las y los empresarios o profesionales establecidos en el resto de Estados Miembros, así como los establecidos en países terceros, deberán informarse del procedimiento a seguir para la recuperación de cuotas de IVA soportado por adquisiciones o importaciones realizadas en el territorio de aplicación del impuesto en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Tramitación

Plazo:

El plazo para la presentación de la solicitud de devolución (modelo 360) se iniciará el día siguiente al final del período de devolución y concluirá el 30 de septiembre siguiente al año natural en el que se hayan soportado las cuotas a que se refiera.

Instrucciones:

  • Las solicitudes se presentarán por vía electrónica a través de los formularios dispuestos al efecto en el portal electrónico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (acceder a través del botón "Tramitar"), en el apartado "Impuestos/IVA/ Gestión de devoluciones de IVA a empresarios o profesionales no establecidos en el territorio en el que soportan el Impuesto".
  • Deberá seleccionarse el formulario específico a transmitir correspondiente a la solicitud de devolución del IVA soportado por el empresariado o profesionales establecidos en el territorio de aplicación del Impuesto, Islas Canarias, Ceuta y Melilla, por operaciones efectuadas en otros Estados miembros de la Comunidad (Modelo 360).

Contacto
  • Órgano competente: AEAT
    Puedes encontrar información en el siguiente enlace o dirigirte al teléfono 901 335 533 (accesible también a través del 91 554 87 70).
    Horario: de lunes a viernes, de 9 a 19 horas (hasta las 15 horas en agosto).
  • Para consultas fiscales en Hacienda Navarra:
    Envíanos tu consulta
    Llámanos al 948 505 152

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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