Particulares que sean titulares de líneas eléctricas de alta tensión que no sean propiedad de empresas de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
Empresas distribuidoras de energía eléctrica.
Descripción keyboard_arrow_down
Autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución, acta de puesta en servicio y cambio de titularidad de:
Líneas eléctricas de alta tensión
Instalaciones eléctricas de alta tensión: centrales, subestaciones y centros de transformación que sean propiedad de empresas de transporte y distribución de energía eléctrica
Documentación a presentar keyboard_arrow_down
LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN QUE NO SEAN PROPIEDAD DE EMPRESAS DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (PARTICULARES):
Autorización administrativa previa y aprobación del proyecto:
Certificado de dirección y final de obra (una copia)
Contrato de mantenimiento suscrito con una empresa instaladora o el compromiso de realizarlo con medios propios, si el propietario de la línea, a juicio del órgano competente de la Administración, dispone de los medios y organización necesarios para efectuar su propio mantenimiento.
Inspección inicial de organismo de control (en caso de líneas de tensión superior a 30 kV)
Documento que acredite la cesión de la instalación
Contrato de mantenimiento en vigor
Acta de la última inspección periódica realizada por organismo de control con resultado favorable (tensión mayor de 30 kV) o Acta de la última revisión o verificación periódica realizada por técnico titulado competente con resultado favorable (tensión menor o igual de 30 kV). Su realización es obligatoria cada tres años. Nota: En el caso de que una línea eléctrica de alta tensión vaya a ser cedida a una empresa de transporte o distribución de energía eléctrica, se procederá conforme a lo indicado en el apartado 5. de la ITC-LAT-04 del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero.
Solicitud de consulta de instalaciones en el ámbito de la seguridad industrial
Procedimiento para la consulta de los registros existentes de las instalaciones en el ámbito de seguridad industrial en los casos de modificación o regularización.
INSTALACIONES PROPIEDAD DE EMPRESAS DE PRODUCCIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA:
Autorización administrativa y aprobación del proyecto:
Proyecto (una copia)
Si procede, separatas de proyecto para las distintas Administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar, a bienes y derechos a su cargo.
Declaración, en concreto, de utilidad pública (art. 143 del Real Decreto 1955/2000)
Documento técnico
Relación de Bienes y Derechos Afectados en los siguientes formatos: Word y Excel
Normativa keyboard_arrow_down
Real Decreto 337/2014, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
Real Decreto 223/2008, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09. Corrección de errores: BOE nº 174, de 19/7/2008 y BOE nº 120, 17/5/2008.
Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de producción, transporte, distribución, comercialización y suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real Decreto 3275/1982, de Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. Corrección de errores: BOE nº 15, de 18/1/1983.
Tramitación
Autorización para instalaciones de energía eléctrica de alta tensión keyboard_arrow_down
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
La tramitación debe hacerse preferentemente a través del botón "Tramitar particulares".
Únicamente las personas físicas, cuando no representen a sujetos obligados, podrán presentar la documentación en:
Registro del departamento
Parque Tomás Caballero, 1
31005 Pamplona
La tramitación debe hacerse preferentemente a través del botón "Tramitar".
Únicamente las personas físicas, cuando no representen a sujetos obligados, podrán presentar la documentación en:
Registro del departamento
Parque Tomás Caballero, 1
31005 Pamplona