Autorización de centros técnicos para tacógrafos

Instalación, verificación, control e inspección de tacógrafos

Información básica

  • Fabricantes de vehículos, carrocerías o tacógrafos con instalaciones productivas en España.
  • Talleres de reparación de vehículos de las ramas de actividad mecánica o electricidad.
  • Estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).

Nota informativa: entrada en vigor del Real Decreto 125/2017.

Principales novedades del Real Decreto 125/2017.

Norma UNE 66102:2019.

Acreditación de entidades de certificación, según UNE 66102.

Listado de centros técnicos de tacógrafos.

Pasos del procedimiento:

La vigencia de la autorización se mantendrá siempre y cuando esté en vigor la certificación de conformidad del centro con la norma UNE 66102 o de la certificación en vigor de la conformidad de la producción, según corresponda de acuerdo con lo establecido en el artículo 8.2.

Solicitudes de nuevos centros

  1. Presentación de la solicitud cumplimentada, indicando el tipo de centro técnico para el que solicita la autorización.
  2. Certificado de conformidad con la norma UNE 66102, o en su caso, informe realizado por una entidad de certificación acreditada en el que se indique que se está en proceso de obtener la certificación y garantice la conformidad de los equipos de que dispone, según la citada norma (art 9.3).
  3. Declaración del cumplimiento del régimen de incompatibilidad con respecto a actividades de transporte (art. 3).
  4. Documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones fijadas en el Anexo I:
    • Declaración de medios humanos, identificación de las personas que intervienen como responsable técnico y técnicos, así como su cualificación y certificados de adiestramiento que los habilitan.
    • Declaración de los medios técnicos.
    • Copia  del seguro de responsabilidad civil vigente.
  5. Justificante del abono de las tasas.

Comunicación mantenimiento de la actividad 

  1. Presentación de solicitud.
  2. Certificado de conformidad con la norma UNE 66102.
  3. Documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones fijadas en el Anexo I:
    • Declaración de medios humanos, identificación de las personas que intervienen como responsable técnico y técnicos, así como su cualificación y certificados de adiestramiento que los habilitan.
    • Declaración de los medios técnicos.
    • Copia del seguro de responsabilidad civil vigente.

Otras comunicaciones (altas, ceses, nuevas incorporaciones personal, comunicaciones de cursos....)  

  1. Presentación de solicitud cumplimentada.
  2. Documentación acreditativa.
  • Real Decreto 125/2017, por el que se establecen los requisitos técnicos y las normas de actuación que deben cumplir los centros técnicos de tacógrafos.
  • Reglamento UE Nº 165/2014, relativo a los tacógrafos en el transporte por carretera, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 3821/85, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera y se modifica el Reglamento (CE) nº 561/2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2016/799, por el que se ejecuta el Reglamento (UE) 165/2014, que establece los requisitos para la construcción, ensayo, instalación, funcionamiento y reparación de los tacógrafos y de sus componentes.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Seguridad integrada
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 426 476
Correo electrónico: vehiculo@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Autorización centros técnicos para tacógrafos

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.