Personas físicas propietarias de una vivienda protegida.
Descripción keyboard_arrow_down
La autorización que, en su caso, se otorgue lo es sin perjuicio de otro tipo de autorizaciones de índole civil (por ejemplo, de la Comunidad de Propietarios) o administrativo (por ejemplo, la necesidad de solicitar licencia de obras en el Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la vivienda).
Realizar obras en una vivienda protegida sin la preceptiva autorización de la Administración puede ser constitutiva de una infracción a la Ley Foral 10/2010.
Pasos del procedimiento:
Las solicitudes de autorización para la realización de obras en una vivienda protegida se resuelven en el plazo máximo de 3 meses.
Si pasado este plazo, la persona solicitante no hubiera obtenido respuesta del Departamento competente, la autorización se podrá entender denegada.
Documentación descriptiva de las obras que se van a ejecutar (fundamentalmente, memoria donde se describan las obras a realizar y su planos explicativos).
Presupuesto de las obras a ejecutar.
Dirección postal completa de la vivienda (localidad, calle, número, altura…).
Normativa keyboard_arrow_down
Decreto Foral 61/2013, por el que se regulan las actuaciones protegibles en materia de vivienda.