Autorización para realizar obras en vivienda protegida

Información básica

Personas físicas propietarias de una vivienda protegida.

  • La autorización que, en su caso, se otorgue lo es sin perjuicio de otro tipo de autorizaciones de índole civil (por ejemplo, de la Comunidad de Propietarios) o administrativo (por ejemplo, la necesidad de solicitar licencia de obras en el Ayuntamiento de la localidad donde se ubique la vivienda).
  • Realizar obras en una vivienda protegida sin la preceptiva autorización de la Administración puede ser constitutiva de una infracción a la Ley Foral 10/2010.

Pasos del procedimiento:

  • Las solicitudes de autorización para la realización de obras en una vivienda protegida se resuelven en el plazo máximo de 3 meses.
  • Si pasado este plazo, la persona solicitante no hubiera obtenido respuesta del Departamento competente, la autorización se podrá entender denegada.
  • Impreso de solicitud.
  • Documentación descriptiva de las obras que se van a ejecutar (fundamentalmente, memoria donde se describan las obras a realizar y su planos explicativos).
  • Presupuesto de las obras a ejecutar.
  • Dirección postal completa de la vivienda (localidad, calle, número, altura…).

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Registro Vivienda
C/ Alhóndiga, 1 - 1º
31002 Pamplona

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Vivienda
Sección de Edificación
Teléfono: 848 42 75 70
Correo electrónico: vivienda@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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