Serán subvencionables los proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales que se realicen en Navarra, cuya finalidad sea:
- La creación de un nuevo establecimiento.
- La diversificación de la producción en un establecimiento ya existente, que implique una ampliación de las actividades económicas de la empresa con una diferenciación respecto a las que venía realizando con anterioridad, a nivel de 4º dígito de la CNAE 2009.
- La ampliación o crecimiento a través de la introducción de nuevos productos o la introducción en nuevos mercados geográficos, de clientes o sectoriales.
- La ampliación ocrecimiento dentro de los mercados y productos actuales de la empresa.
- La mejora en la eficiencia de los procesos industriales.
- La incorporación de actividades industriales de otras plantas productivas de fuera de Navarra.
Los proyectos deberán ser ejecutados entre la fecha de solicitud de la ayuda y el 31 de mayo de 2022.
El presupuesto mínimo subvencionable por empresa es de 300.000 euros.
La ayuda será del 10% del presupuesto subvencionable, con los siguientes importes máximos de ayuda:
Tipo de proyecto
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Empresa ubicada en la zona incluida en el Mapa de ayudas regionales 2014-2020*
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Empresa ubicada en la zona no incluida
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Nuevo establecimiento
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500.000 euros
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200.000 euros
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Diversificación
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300.000 euros
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200.000 euros
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Ampliación o crecimiento
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200.000 euros
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200.000 euros
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Incorporación de actividades industriales
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200.000 euros
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200.000 euros
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* La relación de municipios de la zona incluida en el Mapa de ayudas regionales 2014-2020 se puede consultar en el Portal del Gobierno de Navarra en Internet www.navarra.es.
Estas ayudas son incompatibles, para las mismas inversiones subvencionables, con otras ayudas de la Administración de la Comunidad Foral. Sin embargo, son compatibles con otras ayudas de otras Administraciones Públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales, siempre que no se superen los topes máximos legales.
Pasos del procedimiento:
- Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, éstas se evaluarán en régimen de concurrencia competitiva.
- Resolución de concesión de las ayudas.
- Declaración sobre la obligación de transparencia.
- Presentación de la documentación necesaria para el abono.
- Resolución de abono de las ayudas.