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Justificación y solicitud de abono inversiones calificadas como de emergencia. PIL 2023-2025
Justificación de la ejecución de la inversión (Art. 24.6)
En plazo
Información básica
Dirigido a keyboard_arrow_down
Entidades Locales de Navarra.
Descripción keyboard_arrow_down
Trámite para que las Entidades Locales con actuaciones calificadas de emergencia conforme al artículo 24 de la Ley Foral reguladora del PIL, periodo 2022- 2025, justifiquen la inversión y soliciten el abono.
Documentación a presentar keyboard_arrow_down
La entidad local debe justificar la ejecución de la inversión, en el plazo máximo de un año desde la notificación de la resolución de calificación de la emergencia.
- Certificado de la aprobación de la contratación por el órgano competente, con indicación de su publicación en el Portal de contratación de Navarra.
- Descripción de las actuaciones realizadas junto con documentación gráfica de las mismas.
- Liquidación desglosada o, en su caso, factura detallada.
- Facturas y justificación bancaria de los abonos.
- Certificado sobre la recepción de ayudas y l cumplimiento de la legislación foral de contratos públicos de Navarra. (ANEXO 1)
Normativa keyboard_arrow_down
Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales.
Tramitación
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Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Con certificado digital o DNI electrónico
- Con Cl@ve
Subsanar Documentación keyboard_arrow_down
Instrucciones:
Durante el trámite, en el apartado de Observaciones se deberá indicar el número de expediente al que hace referencia.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Con certificado digital o DNI electrónico
- Con Cl@ve
Sección de Obras e Infraestructuras Locales.
Javier Larumbe Odériz
848 427699
Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.