Justificación y solicitud de abono inversiones calificadas como de emergencia. PIL 2023-2025

Justificación de la ejecución de la inversión (Art. 24.6)

Información básica

Entidades Locales de Navarra.

Trámite para que las Entidades Locales con actuaciones calificadas de emergencia conforme al artículo 24 de la Ley Foral reguladora del PIL, periodo 2022- 2025, justifiquen la inversión y soliciten el abono.

La entidad local debe justificar la ejecución de la inversión, en el plazo máximo de un año desde la notificación de la resolución de calificación de la emergencia.

  • Certificado de la aprobación de la contratación por el órgano competente, con indicación de su publicación en el Portal de contratación de Navarra.
  • Descripción de las actuaciones realizadas junto con documentación gráfica de las mismas.
  • Liquidación desglosada o, en su caso, factura detallada.
  • Facturas y justificación bancaria de los abonos.
  • Certificado sobre la recepción de ayudas y l cumplimiento de la legislación foral de contratos públicos de Navarra. (ANEXO 1)

Ley Foral 8/2022, de 22 de marzo, reguladora del Plan de Inversiones Locales.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Instrucciones:

Durante el trámite, en el apartado de Observaciones se deberá indicar el número de expediente al que hace referencia.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Con certificado digital o DNI electrónico
  • Con Cl@ve

Contacto

Sección de Obras e Infraestructuras Locales.

Javier Larumbe Odériz

848 427699

pil@navarra.es

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