El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ha modificado la Orden Foral de Uso del Fuego

El objetivo es prevenir incendios en determinadas condiciones meteorológicas

El Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente ha modificado la Orden Foral de Uso del Fuego para prevenir incendios en determinadas condiciones meteorológicas.

La principal novedad que recoge el nuevo texto es que en situaciones de meteoalerta “temperaturas máximas extremas” en nivel de Aviso Amarillo emitido por la Agencia Estatal de Meteorología, los trabajos de desbroce forestal, apeo de arbolado mediante procesadora forestal, cosechado y empacado de cultivos herbáceos extensivos de invierno en parcelas agrícolas de secano, y cosechado y empacado de cultivos herbáceos extensivos de invierno en parcelas agrícolas de regadío colindantes con masas forestales de más de 10 ha, estarán sujetos a las siguientes condiciones:

  • No se podrán desarrollar entre las 14:00 horas y las 18:00 horas.
     
  • Se deberá disponer, además de los medios exigidos en el apartado 5 del artículo 10, de un tractor equipado con apero apto para realizar labores de cortafuegos y/o tractor con tanque de agua de al menos 1.000 litros que permita aplicar agua a presión a través de dispositivos acoplados a la toma de fuerza del tractor.
     
  • La persona que maneje la maquinaria deberá ir acompañada de otra persona que realice labores de observación para advertir de igniciones no percibidas por aquella.

 

Por otro lado, en situaciones de meteoalerta “temperaturas máximas extremas” en nivel de Aviso Naranja o Rojo emitido por la Agencia Estatal de Meteorología:

  • El empleo de la maquinaria pesada descrita en el apartado 5 del artículo 10 de la Orden Foral quedará prohibido entre las 00:00 horas y las 23:59 horas de cada uno de los días incluidos en la meteoalerta.
01-jul-2022 17:25:00