El Gobierno da el visto bueno al anteproyecto de Ley Foral de canales cortos de comercialización agroalimentaria

Su objetivo es fomentar la venta directa de los propios productores de la cadena alimentaria y mejorar la economía de las zonas rurales de Navarra

El Gobierno ha adoptado un acuerdo por el que se toma en consideración el anteproyecto de Ley Foral de canales cortos de comercialización agroalimentaria que regula la venta directa de las explotaciones agrarias a las personas consumidoras.

Tal y como ha señalado en la rueda de prensa posterior a la sesión de Gobierno la  consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, Itziar Gómez, esta norma tiene un objetivo doble:

  1. Apoyar a las explotaciones agrarias de reducida dimensión, mejorar su viabilidad haciéndolas más competitivas, fomentando su diversificación económica y permitiendo la incorporación de jóvenes al sector.
     
  2. Satisfacer la demanda creciente de la sociedad de productos locales, de origen conocido, frescos, de temporada y de calidad y fomentar el conocimiento y la valoración de la ciudadanía respecto a sus productores, así como el mantenimiento de la población en las zonas rurales”.

La norma facilita a los productores el acceso a criterios de flexibilidad en los requisitos de seguridad e higiene de los alimentos que permite la legislación europea y nacional para la venta de pequeñas cantidades, sin perjuicio del cumplimiento de las garantías higiénico-sanitarias y la puesta en el mercado de alimentos seguros e inocuos para los consumidores. Para ello, las autoridades competentes en materias de salud y desarrollo rural elaborarán, de forma coordinada, guías de buenas prácticas donde se establecerán las adaptaciones necesarias en las etapas de producción, elaboración, transformación y comercialización.

La consejera ha añadido que “los circuitos cortos de comercialización son una buena herramienta para que los productores reciban unos precios dignos y sin que los productos se vean encarecidos por las cadenas de alimentación”.

Tal y como establece el anteproyecto, el Gobierno establecerá un registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria de Navarra en el que deberán inscribirse, de forma voluntaria, los productores agroalimentarios, intermediarios y operadores de comercio electrónico que lleven a cabo dicha actividad. El registro identificará si el operador realiza la venta directa, la venta de proximidad o ambas.

El Gobierno de Navarra desarrollará, asimismo, un distintivo o logotipo para facilitar la identificación e información de los operadores y productos inscritos en el registro de los canales cortos de comercialización agroalimentaria. Dicho distintivo podrá utilizarse mediante un sistema de señalización, en el acceso de los locales, las carreteras y cruces de caminos o en las proximidades, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente. El distintivo será compatible con marcas de calidad existentes, como las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas protegidas, las certificaciones de producción ecológica, los alimentos artesanos, etc.

La consejera Gómez ha hecho hincapié en que la producción y abastecimiento de alimentos son actividades esenciales y críticas para toda la población. El anteproyecto está perfectamente alineado con la Estrategia europea de la Granja a la Mesa basada en medidas para garantizar alimentos saludables, asequibles y sostenibles, incrementar la contribución del sector primario en combatir el cambio climático, proteger el medioambiente y garantizar un rendimiento económico justo y la competitividad de la agricultura”.

Concretamente, en el apartado medioambiental, la norma busca contribuir a la mitigación del cambio climático por los beneficios ambientales que genera la venta de proximidad y ayudar en la reducción del desperdicio alimentario y el consumo responsable. No en vano, según se recoge en el anteproyecto de Ley, la venta se realizará, preferentemente, en la propia explotación agraria; aunque también podrá efectuarse en mercados municipales y mercadillos, en alojamientos de turismo rural y/o agroturismos cercanos a la explotación, mediante comercio electrónico, en grupos de consumo, en el domicilio de consumidor final o en cualquier otro lugar autorizado para ello, de carácter no permanente. Y deberá realizarse, preferiblemente, dentro del ámbito territorial de Navarra o a una distancia máxima de la explotación del productor agroalimentario de 100 km.

La nueva norma que será remitida al Consejo de Navarra para su validación, derogará la Ley Foral reguladora de la venta directa de productos ligados a las explotaciones agrarias y ganaderas de 2010, así como su normativa de desarrollo.

11-oct-2022 6:00:00