Subvenciones para la renovación de electrodomésticos de bajo consumo energético en el sector turístico enogastronómico

Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU

Abierto el plazo de solicitud hasta el 31/10/2025.

Información básica

Establecimientos turísticos y empresas vinculadas al turismo enogastronómico a cuya actividad económica le corresponda alguno de los siguientes CNAE:

a) 5610 Restaurantes.
b) 5630 Establecimientos de bebidas.

Los establecimientos deberán ofertar especialidades enogástronomicas navarras, como tapas y pintxos, elaborados con productos de proximidad, de temporada y de producción ecológica, que contribuyan a mejorar la posición de Navarra como destino enogastronómico.

La página web del establecimiento, sus redes sociales o la carta deberán informar sobre su oferta enogastronómica.

Se excluyen las actividades encuadradas en los siguientes epígrafes del IAE:

  • 674.5. Servicios que se presten en sociedades, círculos, casinos, clubes y establecimientos análogos.
  • 674.6. Servicios establecidos en teatros y demás espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo.
  • 674.7. Servicios que se presten en parques o recintos feriales.

Asimismo, quedan excluidas las actividades de bares de copas, discobares y discopubs.

c) Los códigos relacionados a continuación, siempre que las empresas, además de la actividad principal a la que corresponde el código CNAE, ofrezcan experiencias enogastronómicas en Navarra. 

  • 014     Producción ganadera (incluidas granjas escuelas)
  • 1043   Fabricación aceite de oliva
  • 1053   Fabricación de quesos
  • 1102   Elaboración de vinos
  • 1103   Elaboración de sidra y otras bebidas fermentadas a partir de frutas
  • 1105   Fabricación de cerveza
  • 15332 Elaboración de conservas vegetales
  • 9102   Actividades de museos
  • 9329   Actividades recreativas y de entretenimiento

Se entiende por experiencias gastronómicas la realización de alguna de las siguientes actividades:

  • Ofrecer visitas gastronómicas dirigidas a las personas turistas, a la oferta o a la demanda. 
  • Ofrecer catas/degustaciones. 
  • Organizar eventos enogastronómicos orientados a las personas turistas. 

Para justificar la realización de estas actividades, tendrá que incluirse toda la oferta en la página web de la empresa, detallando horarios, precios, sistema de reservas, duración de la actividad, periodo de la actividad, fechas de celebración, tanto en el caso de actividades a la demanda, como a la oferta.

Las empresas deberán figurar inscritas en el Registro de Turismo de Navarra como titulares del establecimiento ofertante de experiencias turístico-gastronómicas, cuando dicha inscripción sea obligatoria, con sus datos correctamente actualizados.

Dotación presupuestaria:

582.499,09 euros.

Periodo subvencionable:

Las actuaciones subvencionables deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite el 30 de abril de 2026.

Actuaciones subvencionables:

Serán actuaciones subvencionables las de sustitución de los siguientes aparatos electrodomésticos, por equipos nuevos con etiquetado energético de alta eficiencia y bajo consumo energético, con la finalidad de mejorar la oferta enogastronómica del establecimiento:

  • Aparatos de refrigeración con función de venta directa y armarios de conservación refrigerados profesionales (quedan incluidas cámaras de conservación de vinos, expositores, minibares) por equipos nuevos con puertas, con etiquetado de alta clase energética, regulados respectivamente en el Reglamento Delegado (UE) 2019/2018 de la Comisión, en lo relativo al etiquetado energético de los aparatos de refrigeración con función de venta directa y en Reglamento Delegado (UE) 2015/1094 de la Comisión, en relación con el etiquetado energético de los armarios de conservación refrigerados profesionales.
  • Aparatos de equipamiento de cocina: hornos industriales, abrillantadores de cubiertos, lavavajillas y trenes de lavado, por equipos nuevos con etiquetados de alta clase energética de conformidad con la legislación en vigor.
  • Sustitución de cocinas de gas por cocinas eléctricas y/o sustitución de placas radiantes por inducción.

Para calcular el ahorro de energía final obtenido por la actuación para la que se solicita ayuda:

  • Si el equipo/electrodoméstico adquirido tiene etiqueta energética, la justificación del ahorro se realizará comparando el consumo energético anual que aparece en la etiqueta del equipo/electrodoméstico adquirido y la del equipo/electrodoméstico existente. Si el equipo existente no dispusiera de la citada etiqueta se supondrá que tiene una G. Se requerirá mejorar la letra correspondiente al etiquetado informativo de consumo energético del equipo existente.
  • Si el equipo/electrodoméstico adquirido no tiene etiqueta energética, para la justificación del ahorro se realizará una comparativa en base a los datos que figuran en las fichas técnicas o placas de características técnicas del equipo/electrodoméstico adquirido y las del equipo/electrodoméstico existente.

Se considera una única actuación el cambio de varios electrodomésticos.

Se consideran costes elegibles los derivados de la compra, transporte e instalación del electrodoméstico nuevo, así como el coste de la retirada del antiguo, para facilitar su posterior reciclado según la normativa aplicable en materia de aparatos eléctricos y electrónicos.

Importe de la subvención:

La subvención consiste en una ayuda a fondo perdido del 80 % sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido).

  • Inversión mínima requerida: 3.000 euros
  • Presupuesto máximo subvencionable: 100.000 euros

Para solicitar la subvención:

  • Formulario de solicitud cumplimentado y firmado con la firma electrónica de la persona que tenga poder de representación suficiente de la empresa.
  • Declaraciones en relación con la ejecución de actuaciones del Plan del Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR), conforme al modelo del Anexo II.
  • Memoria en la que se informe sobre los objetivos perseguidos con las inversiones a realizar y su coherencia con los objetivos de la convocatoria.
  • Ficha con las características del equipo o electrodoméstico a sustituir y del nuevo, en la que se justifique el ahorro energético a conseguir, junto con los documentos que justifiquen dicho ahorro (etiqueta energética del nuevo equipo o fichas técnicas de consumos de los equipos a sustituir y nuevos).
  • Relación valorada y detallada de las inversiones previstas en electrodomésticos.
  • Presupuestos detallados por conceptos o facturas proforma.

Anexo III: Requisitos y obligaciones específicos MRR (documento informativo).

  • Orden Foral 90E/2025, por la que se aprueba la convocatoria.
  • Resolución de 29 de diciembre de 2023, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022, modificado por Acuerdo de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.

Tramitación

Plazo: 1/10/25 - 31/10/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/10/25 - 31/12/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo
C/ Navarrería, 39
31001 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 848 424 625 /848 433 471
Correo electrónico: turismo.ayudas@navarra.es

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