Declaración de transparencia (Base 12ª convocatoria):
Las entidades beneficiarias de las subvenciones deberán cumplimentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias.
Esta declaración se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia (por cumplir los requisitos del artículo 3.c) de la Ley Foral 5/2018, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno), como si no se está sujeta (en este caso la declaración afirmará dicho extremo).
Si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia deberá adjuntar, además, la siguiente documentación:
Los documentos adjuntados a la declaración sobre la obligación de transparencia no deberán contener datos de carácter personal ni firmas manuscritas.
Justificación
Documentación para justificar las inversiones realizadas:
- Formulario de justificación, debidamente cumplimentado y firmado.
- Memoria final detallada y descriptiva de las inversiones realizadas y en su caso, de las desviaciones que se hayan producido respecto del proyecto inicialmente previsto.
- Relación detallada de las facturas presentadas:
- Copia de las facturas correspondientes a las inversiones realizadas. No será necesario presentar las facturas aportadas junto con la solicitud. No se admitirán facturas inferiores a 100 euros (IVA excluido).
- Justificante bancario de pago de las facturas.
- Declaración sobre la financiación de las actividades objeto de la subvención.
- Fotografías, prueba documental o enlaces web que acrediten el cumplimiento de la obligación de haber dado publicidad de que la actuación ha sido objeto de subvención por parte del Gobierno de Navarra, conforme a lo exigido en la base 12ª.
- Fotografías de las actuaciones realizadas:
- Obras de reforma, renovación, acondicionamiento y mejora de los establecimientos turísticos: fotografías del exterior y del interior del establecimiento turístico que permitan comprobar la situación anterior y posterior a las actuaciones realizadas.
- Adquisición de mobiliario o de equipamiento: fotografías de los activos fijos subvencionados.
- Certificado o acreditación por parte de la empresa o profesional competente que acredite que el proyecto inicialmente calificado como “Mejora de la accesibilidad” tras haber sido ejecutado sigue cumpliendo los requisitos exigidos en la base 5ª.1.2, para seguir ostentando dicha calificación.
- En su caso, y si no se presentó junto con la solicitud de la subvención la documentación exigida en la base 7ª.5.2.d), la documentación que proceda: licencia de obras (obras mayores) o el certificado de la entidad local de no precisar licencia o autorización alguna.
Cuando la empresa solicitante vaya a percibir por primera vez ayudas o desee cambiar la cuenta de abono de las mismas, deberá cumplimentar y presentar solicitud de abono por transferencia dirigida al Departamento de Economía y Hacienda (Sección de Tesorería): castellano / euskera.
Si lo prefiere, puede realizar el alta directamente en las cuentas bancarias (sin necesidad de enviar la documentación a la Sección de Ayudas y Subvenciones) a través del siguiente trámite.