Subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las empresas de inserción sociolaboral de Navarra mediante la realización de inversiones

Información básica

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se regulan en estas bases las empresas de inserción sociolaboral desde el momento de su calificación provisional.

Para poder ser subvencionables, las inversiones deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tratarse de inversiones realizadas entre el 1 de noviembre y el 31 de octubre el año en curso, y pagadas antes del 5 de noviembre del mismo año.
  • Se establece un importe mínimo para cada concepto de inversión de 400 euros (IVA excluido) por unidad, entendiendo por unidad un conjunto homogéneo funcional y no sus elementos o partes.
  • Tener una cofinanciación por parte de la empresa de inserción de al menos el 20% del importe de la inversión.

Documentación para la solicitud:

  • Declaración responsable:
  • Proyecto de la inversión a realizar (Anexo III) con la siguiente información:
    • Conceptos subvencionables acompañados de la siguiente documentación: facturas proforma de la inversión a realizar o, si la inversión estuviera realizada antes de la solicitud, se aportarán facturas de  las mismas.
    • Puestos de trabajo creados o a crear en el periodo subvencionable y justificación de la relación de la inversión con la generación de empleo.
    • Certificado de empadronamiento, si procede.
    • Justificación de mantenimiento de plantilla, si procede.
    • Indicar el número de personas a insertar, según lo establecido en la base 14b).
    • Explicar la previsión de nuevas líneas de negocio, nuevos mercados y/o captación de nuevos clientes.
    • Porcentaje de cofinanciación propia.
    • En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, se puede registrar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.

 

Documentación para el abono:

La beneficiaria debe presentar antes del 5 de noviembre del año en curso toda la documentación necesaria para realizar la liquidación del expediente:

  • De cumplir los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (Anexo I).
  • Declaración de otras ayudas y las ayudas acogidas al régimen de minimis (Anexo II).
  • Memoria detallada de la inversión realizada acompañada de la justificación de los conceptos establecidos en la base 14 y que hayan sido objeto de valoración.
  • Relación clasificada de ingresos obtenidos y de gastos subvencionables relacionados con la subvención.
  • Relación de gastos realizados, además se adjuntará a cada factura su correspondiente justificante de pago, entendiéndose como tal las transferencias bancarias, cargos o extractos bancarios. No se acepta el cheque como justificante de pago.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Inclusión en el Empleo
Teléfonos: 848 424 443 / 848 424 464
Correo electrónico: insercionsociolaboral@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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