Subvenciones a las organizaciones de personas consumidoras 2025

Información básica

Organizaciones de personas consumidoras que cumplan los siguientes requisitos:

  • Desarrollar su actividad en Navarra.
  • Hallarse, a fecha de publicación de la convocatoria, inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Navarra, y cumplir con todas las obligaciones establecidas en el mismo, particularmente la de haber presentado la documentación preceptiva en los dos primeros meses del año en curso.
  • Contar con un servicio de consulta, atención y gestión de reclamaciones en materia de consumo al que se adscriban personas tituladas en Derecho.
  • No estar incursas en prohibiciones para para obtener la condición de beneficiarias de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con el resto de deberes exigidos en la convocatoria y la normativa aplicable.

El procedimiento de concesión de estas ayudas es el de concurrencia competitiva, comparándose las solicitudes presentadas para establecer una prelación entre las mismas, según los criterios de valoración establecidos en las bases de la convocatoria.

Gasto autorizado: un total de 50.000 euros.

Proyectos subvencionables:

La financiación prevista se divide en cuatro líneas de actuación distintas, previéndose 12.500 euros para los proyectos a financiar en cada línea, según la siguiente clasificación.

  • La preparación e impartición de formación sobre la normativa de protección de las personas consumidoras.
  • La intervención en medios de comunicación (radio y televisión) en relación con la normativa referida.
  • La elaboración y divulgación de material informativo para promover un consumo sostenible, responsable y saludable.
  • Asistencia jurídica a personas consumidoras.

Solicitud

Formulario de solicitud

  • Para poder solicitar subvenciones se debe presentar el formulario de solicitud, debidamente cumplimentado, con los datos identificativos de la entidad solicitante y su representante, esto es, la persona que, con capacidad de representación suficiente, firme y presente dicho formulario. Documento informativo: Información sobre protección de datos.
  • Asimismo, este formulario contendrá una serie de declaraciones responsables a asumir por parte de la entidad solicitante.
  • Finalmente, el formulario exige describir los proyectos de actividades subvencionables a realizar, según los cuadros previstos en este formulario.

 

Justificación

Respecto a los presentes modelos de justificación de gastos subvencionables, procede tener en cuenta las siguientes consideraciones.

  • Estos modelos constituyen un documento de referencia. La documentación de justificación a presentar por la entidad beneficiaria debe fundamentarse en su contenido y estructura.
  • La cumplimentación del presente modelo o documento similar basado en el mismo no exime de presentar las nóminas de las trabajadoras y los trabajadores o, en el caso de la elaboración y divulgación del material informativo las facturas y comprobantes de pago que acrediten los gastos a justificar, así como la justificación de las actuaciones subvencionables, según los términos establecidos en cada uno de los modelos previstos.
  • Para las asistencias jurídicas se prevé un modelo global de justificación.
  • Para las actividades de formación, las intervenciones en medios de comunicación y el material informativo se prevén modelos individuales de justificación, a emplear para cada formación, cada intervención y para la elaboración y divulgación del material informativo.

 

Transparencia

Las personas jurídicas privadas deberán cumplimentar de manera telemática, en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, la declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias.

Esta declaración se realizará en todo caso, tanto si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia (por cumplir los requisitos del artículo 3.c) de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno), como si no se está sujeta (en este caso la declaración afirmará dicho extremo).

Si la entidad está sujeta a la obligación de transparencia, deberá adjuntar además la siguiente documentación:

Los documentos adjuntados a la declaración sobre la obligación de transparencia no deberán contener datos de carácter personal ni firmas manuscritas.

 

Obligaciones en materia de morosidad

Esta referencia alude al cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Tratándose de entidades con ánimo de lucro que puedan obtener subvenciones por importe superior a 30.000 euros, deberá aportarse el informe o la certificación requerida por las bases de la convocatoria. Si no concurrieran los requisitos mencionados, bastaría con clicar la declaración responsable relativa a esta cuestión que se incluye en el formulario de solicitud.

Resultados

Resultados de concesión (publicado el 27/06/2025).

Contacto

Sección de Defensa de los Consumidores y Arbitraje de Consumo
Teléfono: 848 42 77 32
Correo electrónico: infoconsumo@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.