Subvención al emprendimiento y microempresas en el Pirineo 2023

Financiada por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation

Información básica

Microempresas, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo a las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las cooperativas y sociedades laborales, y las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, que desarrollen su actividad en el territorio del Plan de los Pirineos y cuenten con menos de diez trabajadoras o trabajadores asalariados o, en su caso, socias y socios trabajadores o de trabajo, y un volumen de negocio no superior a dos millones de euros.

No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades que integren el sector público ni las que desarrollen las actividades excluidas de su financiación por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (especificadas en la base 2.5 de la Convocatoria).

La subvención está financiada por la Unión Europea con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de los fondos Next Generation-UE y forma parte del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.

Objeto de la convocatoria

Fomento de la economía verde y la digitalización a través del emprendimiento y la creación y consolidación de microempresas. Las actuaciones financiadas contribuirán al desarrollo económico de la zona, al reto demográfico y a la transformación productiva, en alguno de los siguientes ámbitos:

  • Turismo, comercio de proximidad y servicios.
  • Industria, emprendimiento y desarrollo territorial sostenible.
  • Agricultura, ganadería y forestal.
  • Vivienda, transporte e infraestructuras.

 

Dos líneas de subvención

Línea A: ayudas a la inversión en emprendimiento y microempresas:

  • Tipología de actuaciones:
    • Creación de una nueva actividad económica.
    • Ampliación de capacidad de una actividad existente.
    • Diversificación de la actividad existente.
    • Transformación fundamental de la actividad productiva.
    • Apoyo al mantenimiento de actividades que se vinieran realizando en la zona.
  • Actuaciones subvencionables:
    • Adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles.
    • Dotación de bienes de equipo.
    • Costes generales vinculados a las anteriores.
    • Inversiones intangibles.
    • Promoción y difusión del proyecto.
  • Dotación económica total para la línea: 303.668,50 euros.

Línea B: subvención del gasto ocasionado por proyectos de apoyo e impulso de la actividad emprendedora y microempresas:

  • Actuaciones subvencionables: las orientadas a la puesta en marcha de la actividad o su transición hacia modelos de economía verde y/o digital:
    • Gastos de formación
    • Gastos de consultoría
    • Costes de personal
    • Gastos de registro de patentes y marcas.
    • Gastos de reparación o conservación de locales.
    • Alquiler de locales y equipamientos.
    • Gastos generales derivados del funcionamiento normal de una empresa.
    • Materiales fungibles necesarios para el desarrollo de la actividad.
    • Los tributos, excepto los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
    • Gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera y similares, siempre que estén directamente relacionados con la acción subvencionada y resulten indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.
  • Dotación económica total para la línea: 750.000,00 euros.

 

Cuantía de las subvenciones y procedimiento de concesión

La subvención máxima por solicitante será de 5.000 euros, pudiendo optarse a una o a ambas líneas de subvención. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se tramitarán por el procedimiento de evaluación individualizada, por riguroso orden de presentación de solicitudes, hasta el agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria.

 

Plazo de ejecución

Serán financiables las actuaciones realizadas y pagadas entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de septiembre de 2023. 

  • Formulario de solicitud, conforme al Anexo I de las Bases Reguladoras. 
  • Declaración responsable, conforme al Anexo II de las Bases Reguladoras.
  • Declaración de compromiso en relación con la ejecución de las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), conforme al Anexo III de las Bases Reguladoras. 
  • Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras. 
  • Cuenta justificativa de gastos, conforme al Anexo V de las Bases Reguladoras. 
  • Declaración de Transparencia, en su caso, conforme al Anexo VI de las Bases Reguladoras. 
  • Facturas y documentos acreditativos del pago.
  • Solicitud de abono por transferencia según modelo de Gobierno de Navarra si es la primera vez que se solicita ayuda o se ha modificado algún dato. 
  • Además, en el caso de que la solicitante sea persona física (autónoma):
    • NIF
    • Alta en el Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)
    • Declaración del I.R.P.F. del ejercicio 2021
  • Además, en el caso de que la solicitante sea entidad:
    • Documento de constitución debidamente inscrito en el Registro Mercantil o, en su caso, en el registro oficial que corresponda, así como las  últimas actualizaciones que justifiquen la composición societaria a fecha de solicitud.
    • Declaración responsable de quien ostente el poder de representación de la empresa, acreditando el carácter de microempresa.
    • Cuentas anuales 2021 o Renta de 2021 si la entidad tributa por el Régimen de atribución de rentas.
    • NIF de quien ostente la representación legal de la actividad constituida.
    • Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal (NIF).
    • Certificado de que la empresa se halla al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias con la Hacienda Pública expedido por el Departamento de Economía y Hacienda (en el caso de no haber prestado consentimiento para su obtención por parte de la Administración).
  • Resolución 15E/2023, por la que se aprueba la convocatoria y sus bases reguladoras para el año 2023.
  • Resolución 57E/2022, por la que se aprueba la convocatoria y sus bases reguladoras para el año 2022.
  • Real Decreto 902/2021, por el que se regula la concesión directa de subvenciones, para el ejercicio presupuestario 2021, destinadas a la financiación del desarrollo de actuaciones de la inversión "Nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad", en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Real Decreto-ley 36/2020, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
  • Ley Foral 5/2018, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
  • Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.

Resultados

Contacto

Sección de Gestión y Coordinación de Proyectos Estratégicos
Teléfono: 848 427 665
Correo electrónico: idoia.perez.huici@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Subvención al emprendimiento y microempresas en el Pirineo

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