Subvención a entidades sin ánimo de lucro y a empresas para la ejecución de proyectos en materia de igualdad de género y conciliación 2025

Información básica

  • Entidades sin ánimo de lucro (subvenciones Anexo II).
  • Entidades sin ánimo de lucro y empresas con centros de trabajo ubicados en Navarra con una plantilla de entre 5 y 150 personas trabajadoras (subvenciones Anexo III).

Se subvencionarán dos tipos de proyectos:

1. Anexo II: proyectos de implantación, desarrollo y aplicación de metodologías en materia de conciliación o de integración de la igualdad de género en entidades o empresas navarras, a realizar entre el 1 de enero y el 30 de noviembre de 2025: 100 % del presupuesto del proyecto con un máximo de 100.000 euros.

2. Anexo III: proyectos de ejecución de acciones en materia de igualdad de entidades sin ánimo de lucro y empresas, a realizar por servicios de asistencia o consultoría técnica externa (contratación mínima de 40 horas a realizar entre el 1 de enero y el 8 de noviembre de 2025): 100 % del presupuesto del proyecto con un máximo de 5.000 euros para proyectos de empresas o entidades que cuenten con una plantilla de entre 5 y 49 personas trabajadoras, y del 75 % del presupuesto del proyecto y un máximo de 10.000 euros para empresas y entidades que cuenten con una plantilla de entre 50 y 150 personas trabajadoras.

Dos modalidades de proyectos de los presentados conforme al Anexo III:

  • Ejecución de acciones previstas en planes de igualdad vigentes conforme al Real Decreto 901/2020, de empresas o entidades que cuenten con menos de 50 personas trabajadoras en plantilla.
  • Ejecución de acciones en materia de igualdad de empresas o entidades con una plantilla de entre 5 y 150 personas trabajadoras, exclusivamente en los siguientes ámbitos:
    • Diagnóstico de situación elaborado conforme a lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro.
    • Diseño e implementación de protocolos para la prevención y actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo.
    • Acciones formativas y/o sensibilización al personal de la empresa en temas de igualdad y corresponsabilidad.
    • Realización de un estudio sobre prevención de riesgos laborales con perspectiva de género.

NOTA IMPORTANTE

La base 8.1 del Anexo III se ha publicado en el BON incompleta, por lo que se está procediendo a su corrección. La correcta es la siguiente:

Base 8. Obligaciones específicas de la beneficiaria y efectos de su incumplimiento.

1. Las empresas y/o entidades que accedan a la subvención para la realización de un diagnóstico de situación elaborado conforme a lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, tendrán la obligación de redactar el plan de igualdad durante el año 2026 y su correspondiente registro en REGCON.


Pasos del procedimiento:

  • Valoración de los proyectos presentados.
  • Resolución de concesión o denegación.
  • Presentación de la declaración de transparencia (en el mes siguiente a la recepción de la resolución de concesión).
  • Justificación de las subvenciones:
    • Anexo II: hasta el 30 de noviembre de 2025.
    • Anexo III: hasta el 8 de noviembre de 2025.

Anexo informativo: Información sobre protección de datos de carácter personal.

Importante: si la solicitud de la subvención va a ser presentada por la consultora contratada y no por la propia empresa solicitante, deberán acreditar la representación de alguna de las dos opciones siguientes:

  1. Aportando el siguiente formulario cumplimentado y firmado por la empresa solicitante.
  2. Mediante documento privado en el que la empresa autorice a la consultora a presentar la subvención y a firmar la declaración responsable que sale tras pulsar el botón  "Solicitar" que deberán adjuntar junto con el resto de la documentación.
  • Subvenciones Anexo II:
    • Proyecto
    • Memoria económica y presupuesto
    • Declaración responsable sobre las cuestiones objeto de valoración conforme a los criterios establecidos en la base 6.
  • Subvenciones Anexo III:
    • Proyecto
    • Memoria económica y presupuesto
    • Documentación para acreditar la formación en igualdad entre mujeres y hombres prevista en la base 3.1.b) y en la base 6.b), de la empresa o profesional que vaya a prestar el servicio de asistencia o consultoría técnica externa.
    • Declaración responsable sobre las cuestiones objeto de valoración conforme a los criterios establecidos en la base 6.

Además:

Subvenciones Anexo III:

  • Declaración sobre la ejecución del proyecto.
  • Actas que acrediten la negociación con la representación de las y los trabajadores.
  • Acta de constitución de la Comisión del artículo 41.4 del ET.
  • Resolución de abono de subvención para la elaboración o reactivación del Plan de Igualdad.
  • Cualquier otra documentación que considere pertinente para acreditar los criterios de valoración de la base 6.

Tramitación

Plazo: 29/01/25 - 18/02/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 29/01/25 - 31/12/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 29/01/25 - 2/12/25

Proyectos anexo II: hasta el de diciembre de 2024.

Proyectos anexo III: hasta el de noviembre de 2024.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 1/02/25 - 30/09/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

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Edificio Fuerte del Príncipe II
31006 Pamplona / Iruña
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