Cada entidad solicitante solo podrá presentar una única solicitud de subvención.
La solicitud se presentará a través de la Instancia general de Gobierno de Navarra, acompañada de la siguiente documentación que deberá ser original o, en su caso, fotocopias.
Documentación para la valoración:
- Memoria del proyecto
- Memoria del presupuesto
- Cuanta documentación gráfica, técnica, económica (facturas pro forma, presupuestos profesionales, etc.) y de otra índole que se estime necesaria para la correcta comprensión del proyecto. Toda esta documentación tendrá la consideración de anexos a la memoria.
Documentación de la entidad:
- Estatutos de la entidad
- Certificados u otro documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro que reglamentariamente le corresponda.
- Tarjeta de identificación fiscal
No será necesario presentar estos tres documentos si se encuentren en poder de la Administración. Para ello, debe expresar su consentimiento a que sean consultados (Anexo V). Se respetará una antigüedad de cinco años desde la finalización del expediente para el cual se presentó.
- Declaración responsable (artículo 13, Ley Foral 11/2005)
- Declaración responsable sobre la solicitud y/o concesión de otras subvenciones (Anexo III).
- Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones de la Seguridad Social; y certificado expedido por el Gobierno de Navarra y/o Agencia Tributaria Española acreditativo de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Ambos expedidos con una antelación no superior a un mes. No será necesario presentar dichos certificados si se autoriza a realizar esta comprobación (Anexo IV).
- Solicitud de abono por transferencia si fuese la primera vez que se solicitan subvenciones al Gobierno de Navarra o se modificase la cuenta bancaria en la que se han consignado subvenciones anteriores.
- En su caso, informe justificativo de la necesidad de provisión anticipada de fondos.
- Con carácter voluntario, la información requerida para dar cumplimiento a la obligación de transparencia.
Para la justificación
Las entidades beneficiarias presentarán: