Los organismos de verificación metrológica o las entidades reparadoras que hayan modificado o reparado un instrumento de medida, una vez comprobado su correcto funcionamiento ajustando a cero el error del instrumento y comprobando que los resultados de sus mediciones se encuentran dentro de los errores máximos permitidos reglamentariamente, colocarán nuevamente los precintos que hayan tenido que destruir para su intervención y cumplimentarán los documentos que se determinen en la regulación específica.
Identificación de los precintos
La identificación de los precintos, a los efectos de su normalización a nivel nacional, dispondrá de un máximo de 7 dígitos en la parte que corresponde al numeral del precinto según el siguiente esquema:
13-OV-NNNNNNN, 13-Y-NNNNNNN, donde:
- '13' identificación asignada a Navarra.
- 'OV' identifica que el solicitante del preciento es un organismo autorizado de verificación metrológica.
- 'Y' identifica el sector de actividad en el actúa el solicitante del precinto, de acuerdo con los siguientes indicadores:
- M, Masa, fuerza y pesaje
- E, Electricidad
- G, Gases
- A, Agua
- H, Hidrocarburos
- P, Presión
- D, Dimensional
- V, Volumetría
- C, Termometría y Calorimetría
- T, Tiempo y frecuencia
- N, Preenvasados
- I, Instrumentos especiales
- 'NNNNNNN', con 7 dígitos, será asignada por la Dirección General competente en materia de Ordenación Industrial del Gobierno de Navarra.