La Administración pública competente les asignará un código alfanumérico de identificación, que deberá ser utilizado por los fabricantes, los organismos designados y las entidades reparadoras en todos los documentos emitidos como consecuencia de sus intervenciones.
Una vez realizado el trámite, se le remitirá al solicitante el certificado de inscripción en el Registro de Control Metrológico.
El período de vigencia de las inscripciones será indefinido.
El ámbito de actuación es nacional para todos/as, excepto para los organismos notificados y fabricantes cuyo ámbito es la Unión Europea.