Registro público de comunidades energéticas

Información básica

Comunidades energéticas que desarrollen su actividad dentro del ámbito territorial de Navarra.

Se considera comunidad energética a las entidades jurídicas que estén basadas en la participación abierta y voluntaria de quienes la integren y tengan como objetivo principal ofrecer beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o socios/as o en la zona donde desarrolla su actividad, más que generar una rentabilidad financiera.

Conforme a lo establecido en la Orden Foral 64/2022, por la que se establecen medidas de fomento de las comunidades energéticas, se dispone este Registro de Comunidades Energéticas donde se realizarán los siguientes trámites:

  • Alta de comunidades energéticas constituidas.
  • Anualmente y con fecha límite 30 de junio, todas las comunidades energéticas deberán actualizar sus datos registrados.

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Para tramitar el alta:

Para actualizar los datos:

Orden Foral 64/2022, por la que se establecen medidas de fomento de las comunidades de energía de Navarra.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo:

El formulario de actualización anual de la información registrada por la comunidad energética se debe presentar antes del 30 de junio de cada año.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Consulta del Registro público de comunidades energéticas de Navarra:

  • Registro (última actualización: abril 2025)

Portal Transición Energética de Navarra:

Oficina de Transformación Comunitaria de Navarra:

Contacto

Servicio de Transición Energética
Parque Tomás Caballero
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 42 97 00
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.