Las personas aspirantes deben acreditar la cualificación profesional de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, establecida por el Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre y cumplir los requisitos establecidos en la base 2 de la convocatoria (Resolución 2475/2022, de 27 de septiembre).
A tal efecto, se considerará acreditado el citado requisito por estar en posesión de alguno de los siguientes títulos:
– Título de Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería establecido por el Real Decreto 546/1995, de 7 de abril, o los títulos equivalentes que se establecen el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, de Técnico Auxiliar de Clínica, Técnico Auxiliar Psiquiatría y Técnico Auxiliar de Enfermería.
– Título de Técnico en Atención a Personas en Situación de Dependencia, regulado por el Real Decreto 1593/2011, de 4 de noviembre, o el título equivalente de Técnico de Atención Sociosanitaria, establecido por el Real Decreto 496/2003, de 2 de mayo.
– Título de Técnico Superior en Integración Social, establecido por el Real Decreto 1074/2012, de 13 de julio, o el título equivalente de Técnico Superior en Integración Social establecido por el Real Decreto 2061/1995, de 22 de diciembre, para aquellos profesionales que acrediten que a 31 de diciembre de 2017 se encontraban trabajando en la categoría profesional de Cuidador Gerontológico.
Igualmente se considerará acreditado dicho requisito, por estar en posesión del título de Graduado en ESO, o de Graduado Escolar, o Formación Profesional Básica, o Formación Profesional de primer grado, y además estar en posesión de alguna de las siguientes certificaciones profesionales:
– Certificado de Profesionalidad de Atención Sociosanitaria a Personas Dependientes en Instituciones Sociales, regulado por el Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto.
– Certificado de habilitación profesional excepcional para la categoría profesional de Cuidador/Gerocultor, expedido por la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas o por otro organismo público que determinen las Comunidades Autónomas competentes en Servicios Sociales.
– Certificado que reconozca las competencias: Profesionales de cuidador gerontológico, evaluadas a través del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas mediante la experiencia laboral.