Este censo tiene como finalidad acreditar la representación en las actuaciones (presenciales, telefónicas o electrónicas) que se realizan en nombre de terceras personas o entidades ante la Hacienda Foral de Navarra y el Tribunal Económico-Administrativo Foral de Navarra.
No obstante lo anterior, en los trámites que se realicen electrónicamente, solo podrá actuarse en representación en aquellos trámites que se encuentren habilitados para ello. Consulta aquí los trámites habilitados.
No incluye la representación para la notificación electrónica ni colaboración social, siendo trámites independientes de este censo.
La inscripción tendrá efectos desde el momento en el que consten en el censo la solicitud y la aceptación tanto por la persona o entidad representada como por la persona representante.
El plazo máximo de duración de la representación será de 5 años desde la fecha de la solicitud.