"Becas equidad" para el acceso a la educación superior de jóvenes procedentes de entornos de bajos ingresos 2024

Becas para el acceso a la educación superior universitaria de jóvenes procedentes de entornos de bajos ingresos y buen rendimiento académico, para garantizar que ninguna persona que cumpla las condiciones para cursar estudios universitarios con aprovechamiento quede excluida de ello por razones económicas

Información básica

Estudiantes que se matriculen en el primer curso de estudios oficiales del Grado, en titulaciones impartidas en alguna de las universidades navarras, en sus campus de Pamplona / Iruña y Tudela, y que inician dichos estudios en el curso académico 2024-2025.

Requisitos que deben cumplir las personas beneficiarias:

  • Estar empadronadas en Navarra con anterioridad a la publicación de la convocatoria en el BON.
  • Ser solicitantes de una beca de carácter general del Ministerio competente en materia de educación para estudios universitarios, en el curso académico 2024-2025.
  • Poseer una nota de acceso a la universidad igual o superior a 7,5 puntos.
  • La renta familiar disponible no puede superar los importes que se detallan en las bases de la convocatoria. 

Esta beca no es compatible con cualquier otra ayuda o ingreso para la misma finalidad ni con las rentas de trabajo por cuenta ajena o propia.

La cuantía individual de la beca por persona y por curso académico asciende a 9.500 euros, tanto en la primera concesión como en las sucesivas renovaciones.

Asimismo, para obtener la beca, la persona beneficiaria debe superar al menos el 80 % de los créditos matriculados en cada curso académico en los grados de las ramas de ciencias, ingeniería y arquitectura, y ciencias de la salud, y al menos el 90 % para el resto de grados. Para las y los estudiantes de dobles grados, cuando las dos titulaciones cursadas no pertenezcan a la misma rama, el rendimiento académico exigido es el establecido para las ramas correspondientes a ciencias sociales y jurídicas, artes y humanidades. Para obtener la renovación de la beca en cada curso académico, debe seguir siendo beneficiaria de las becas de carácter general para estudios universitarios otorgadas por el Ministerio.

Plazos para la cuidadanía:

  • El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

Plazos para la administración:

  • El plazo para resolver la convocatoria será de tres meses.

Normas de silencio administrativo:

  • El silencio administrativo en este procedimiento es desestimatorio según la Ley Foral 11/2005, de subvenciones (artículo 23) y la Ley Foral 11/2019, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral (DA 9.ª punto 2).

La solicitud se presenta obligatoriamente de forma online mediante el formulario web disponible durante la tramitación (botón "Solicitar").

Documentación a aportar:

  • Resguardo de matrícula

La persona solicitante, o su representante legal, pueden autorizar la consulta telemática de los datos disponibles en la Administración General del Estado y en otras Administraciones Públicas para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, circunstancias personales, académicas y familiares, así como renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de beca. Para ello, deben señalarlo expresamente en la solicitud.

En caso de oposición o no autorización, se debe aportar la siguiente documentación, en formato PDF:

  • Copia del documento que acredite la identidad.
  • Documento que acredite estar al tanto de las obligaciones fiscales.
  • Certificado de empadronamiento
  • Documento acreditativo de la nota obtenida en la fase obligatoria de la EVAU.
  • Documento acreditativo de haber solicitado una beca de carácter general del Ministerio competente en materia de educación para la convocatoria 2024-2025.
  • Declaración del IRPF en Navarra del año 2023
  • En su caso, Certificado de discapacidad de la persona solicitante
  • En su caso, Título oficial de familia numerosa
  • En su caso, Título oficial de familia monoparental
  • Otros documentos y certificaciones que se estimen oportunos

Si la solicitud la presenta un o una representante legal, en vez del propio o de la propia estudiante:

Resolución 194E/2024, por la que se aprueba la convocatoria.

Resultados

Concesión definitiva

  • Resolución 311E/2024, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria (publicado el 12/12/2024).
  • Plazo para presentar recurso de alzada: del 13/12/2024 al 13/01/2025, a través del Registro General Electrónico, dirigido al Departamento de Universidad, Innovación y Transformación Digital, a la atención de la Consejera de Universidad, Innovación y Transformación Digital.

Concesión provisional

  • Resolución 292E/2024, por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria (publicado el 08/11/2024).
  • Plazo para presentar alegaciones: del 08/11/2024 al 18/11/2024.
Contacto

Sección de Universidad
C/ Cabárceno, 6, 3.ª planta
31621 Sarriguren
Teléfonos: 848 427 144 / 848 433 446 / 848 426 020 / 848 426 058
Correo electrónico: enuniver@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Beca para el acceso a la educación superior de jóvenes procedentes de entornos de bajos ingresos

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