La beca se abonará en plazos mensuales de 1.250 euros brutos, o en su parte proporcional.
La beca comenzará el día señalado en la resolución de concesión que no podrá ser anterior al 1 de octubre de 2025 y finalizará el 30 de septiembre de 2026. Esta beca podrá ser prorrogada desde el 1 de octubre de 2026 durante dos años más, siguiendo lo marcado en el artículo 3 del Decreto Foral 172/2004, de 19 de abril por el que se establece el régimen general para la concesión de becas de formación de la administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.
La beca de formación será incompatible con otras becas concedidas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, por otras Administraciones u otros entes públicos o privados, o por particulares.
Ejercerán las funciones de tutoría de esta formación: supervisión y dirección, la jefa de la Sección de Acciones Transversales y Observatorio Joven del Instituto Navarro de la Juventud y la persona que designe el Servicio de Comunicación del Gobierno de Navarra, que deberá poseer una titulación igual o superior a la exigida en esta beca.
Pasos del procedimiento:
- La Comisión Evaluadora estudiará y valorará las solicitudes presentadas y propondrá la concesión de la beca, por orden de preferencia, en razón de la puntuación obtenida.
- La concesión de la beca se realizará por resolución del director gerente del Instituto Navarro de la Juventud, previa propuesta de la Comisión Evaluadora.
- La Resolución y el orden de preferencia de solicitantes, establecido en función de la puntuación obtenida en la baremación de méritos, se notificará a la persona interesada que haya resultado beneficiaria y se hará pública en la web del Instituto Navarro de la Juventud.