Bases de la convocatoria: Anexo I.
El procedimiento de concesión de estas ayudas se tramitará en el régimen de concurrencia competitiva. Para tener derecho a la ayuda, quien la solicite deberá obtener 20 puntos como mínimo de los 100 puntos totales disponibles para los criterios de valoración.
Costes subvencionables
Serán subvencionables (IVA excluido), como gastos de desarrollo de las acciones, tanto los gastos del personal contratado directamente por la persona beneficiaria para desarrollar dicha función, como los derivados de las facturas emitidas por empresas contratadas para desarrollar la acción solicitada. Estas acciones serán de alguno de los siguientes tipos:
a) Elaboración tanto del Plan de Gestión Forestal de Agrupaciones Forestales como de las actividades divulgativas y asesoramientos necesarios que tengan por objetivo el conformar agrupaciones forestales.
b) Cursos de formación forestal destinados a colectivos relacionados con la actividad forestal.
c) Jornadas de divulgación forestal destinadas a colectivos relacionados con la actividad forestal.
d) Promoción de experiencias forestales para mejorar el conocimiento forestal o acciones innovadoras para el desarrollo herramientas o nuevos productos forestales o procesos.
e) Promoción del asesoramiento universal a personas propietarias y empresas del sector forestal.
Período subvencionable
Solamente se subvencionarán los gastos que hayan sido efectivamente satisfechos desde el 1 de enero de 2025 y el 15 de octubre de 2026.