Ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de Reto Demográfico (Programa PREE 5000)

Información básica

  • Personas físicas.
  • Comunidades de propietarios y propietarias.
  • Agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarias.

Concesión de subvenciones en régimen de evaluación individualizada para la mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica en edificios de vivienda unifamiliar y edificios completos de tipología residencial colectiva de vivienda, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 691/2021.

Estas ayudas son para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000).

Viviendas con más de 25 años de antigüedad.

La limitación de superficie de uso de vivienda es del 25%.

Los anexos que definen la documentación a presentar se encuentran tras las bases reguladoras de estas ayudas publicadas en 2021.

El 12 de diciembre de 2023 se publicaron en el BON las siguientes modificaciones.

El 5 de enero de 2023 se publicaron en el BON las siguientes modificaciones.

  • Resolución 290/2023, por la que se modifican las bases reguladoras de la convocatoria.
  • Resolución 164/2023, por la que se modifican las bases reguladoras de la convocatoria y se modifica el gasto autorizado ampliándolo en 5.012.800 euros.
  • Resolución 920/2022, por la que se modifican las bases reguladoras de la convocatoria.
  • Resolución 2723/2021, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención así como sus bases reguladoras.
  • Real Decreto 691/2021, por el que se regulan las subvenciones a otorgar a actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en ejecución del Programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como su concesión directa a las comunidades autónomas.

Tramitación

Plazo: 19/11/21 - 31/07/24

Instrucciones:

Las solicitudes de las ayudas deberán presentarse en modelo normalizado (anexo 1) cumplimentado y firmado por la persona solicitante y, en su caso, por su representante, junto con la documentación exigida referida en el anexo 2.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Las solicitudes, excepto en el caso de las personas físicas propietarias de edificios de vivienda unifamiliar, solo podrán presentarse de forma telemática.

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Dirección General de Vivienda
Servicio de Vivienda
Teléfono: 848 420 419
Correo electrónico: rehabilita@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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