Gastos subvencionables
Los gastos deberán ser ejecutados y abonados entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025 y responder a actividades vinculadas a ofertar sus productos agroalimentarios a la venta mediante canales cortos de comercialización:
- Diseño de envases y etiquetas comerciales de los productos objeto de venta directa, diseño de imagen corporativa, logo, diseño de las redes sociales.
- Las tasas y tarifas requeridas para la participación en eventos promocionales, concursos, exhibiciones de producto, ferias y mercados de venta de productos agroalimentarios de comercialización en canal corto en el ámbito territorial de Navarra o a una distancia máxima de la explotación de la productora agroalimentaria de 100 kilómetros.
- Creación de material divulgativo y promocional (maquetación e impresión de folletos, trípticos, carteles, roll-up, vinilos, bolsas, rotulación de carpas y vehículos).
- Desarrollo de herramientas informáticas o aplicaciones para la gestión de la comercialización, incluyendo la creación, adecuación y mantenimiento de páginas web, incluidos los sitios web que presenten acogidos al distintivo de comercialización en canales cortos.
- Los correspondientes a la colocación del distintivo de venta local para señalizar el punto de venta.
Importe de la ayuda
La intensidad de ayuda será del 90 % de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 6.000 euros de ayuda por persona beneficiaria para el caso de productoras ecológicas y 4.000 euros para productoras no ecológicas.
El importe total de la convocatoria se distribuirá según la naturaleza de las entidades beneficiarias, destinándose:
a) 100.000 euros a las productoras agroalimentarias de producción ecológica.
b) 25.000 euros a las productoras agroalimentarias.
En caso de que exista un saldo de presupuesto sin aplicar en la dotación prevista en la letra a) anterior, este saldo se podrá aplicar a la concesión de ayudas conforme a lo previsto en la letra b), y viceversa.
Las ayudas serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva conforme a los criterios de prioridad establecidos en la Base décima de las bases reguladoras.