Ayudas a familias numerosas y familias monoparentales para gastos extraordinarios de prótesis auditivas, prescripciones ópticas y ortodoncia 2025

Información básica

Personas integrantes de familias numerosas y familias monoparentales que tengan que hacer frente a estos gastos en 2025, y/o que hayan tenido que hacerlo entre el 16 de octubre y el 31 de diciembre del 2024, y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión del título de familia numerosa o el título de familia monoparental en vigor cuando se solicite la ayuda.
  • Todas las personas integrantes de la familia que computen a efectos de la ayuda deben estar empadronados o empadronadas y tener la residencia efectiva en Navarra, con una antigüedad mínima de dos años.
  • La renta per cápita de la unidad familiar es inferior al importe que se fije cada año (ver gastos subvencionables e importe de las ayudas).

Se entenderá por renta per cápita de la unidad familiar la que resulta de dividir la parte general de la base imponible del IRPF del período impositivo que corresponda,  de todas las personas que formen parte de la familia numerosa o monoparental, entre el número de personas que la constituyen.

Cada persona integrante de la unidad familiar con una discapacidad reconocida igual o superior a un 33% computará como dos personas.

En el caso de las familias acreditadas como monoparentales o en situación de monoparentalidad, se le sumará una persona más al número de integrantes computables de la tarjeta de familia monoparental.

A estos efectos, se tendrá en cuenta la declaración del impuesto de la renta efectuada en la campaña correspondiente al ejercicio respectivo según el momento en que se solicite la ayuda. Así, para las ayudas solicitadas antes del comienzo de la campaña de la renta prevista en el año 2025, se tendrá en cuenta la declaración efectuada en el año 2024. Y en caso de ayudas solicitadas una vez iniciada la campaña prevista en el año 2025, se tendrá en cuenta la declaración efectuada en dicho ejercicio.

Gastos subvencionables e importe de la ayuda.

Pasos del procedimiento:

Las personas perceptoras de esta ayuda deberán comunicar a la Subdirección de Familia y Menores, en el plazo de quince días, cualquier variación que se produzca en los requisitos de concesión de la ayuda.

Documentación a presentar (ver listado):

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en Navarra de todas las personas integrantes de la unidad familiar, con una antigüedad mínima de dos años, emitido con una antigüedad máxima de tres meses.
  • Solicitud de abono por transferencia.
  • Prescripción facultativa señalando la necesidad de utilización del material subvencionado como consecuencia de la dolencia correspondiente.
  • Factura  de la compra del material subvencionado y justificante de pago correspondiente.
  • El pago se justificará mediante la presentación de extracto bancario o, en caso de pago en efectivo, recibí debidamente firmado y sellado del importe entregado y el concepto por el que se abona. En el caso de pago a plazos, el pagó se justificará mediante la presentación del correspondiente documento acreditativo de la financiación.
  • En el caso de tratamiento de ortodoncia, deberá presentarse presupuesto emitido por el facultativo, forma, plazos y fecha de pago y justificantes de pago correspondientes al ejercicio en curso. Se abonarán los pagos realizados hasta la fecha de la presentación de la solicitud.
  • Declaración de todas las ayudas económicas concedidas a la unidad familiar por la compra o sustitución del material a que se subvenciona a fin de valorar la compatibilidad de las mismas con esta ayuda económica y, en su caso, el importe a conceder.
  • En caso de hijos, hijas, personas acogidas o tuteladas de entre 18 y 25 años, que formen parte de la unidad familiar, certificado de vida laboral y acreditación de los ingresos, en caso de que trabajen y en caso contrario declaración de que no trabajan.
  • Orden Foral 12/2025, por la que se autoriza el gasto y se aprueba la convocatoria de las ayudas de 2025.
  • Orden Foral 101/2024, por la que se aprueban las bases reguladoras de diversas ayudas en el ámbito de la familia para las anualidades de 2024 a 2027.

Tramitación

Plazo: 21/02/25 - 15/10/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

De forma presencial: 

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Plazo: 21/02/25 - 15/10/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Familia y Promoción de los Derechos de la Infancia
C/ Abejeras, 1
31007 Pamplona / Iruña
Teléfono: 848 421 258

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