Ayudas a empresas para participar en ferias comerciales de productos agroalimentarios 2024

Acogidas al régimen de mínimis

Información básica

Empresas que operan en el sector de transformación y comercialización de productos agrícolas de Navarra, incluyendo las que operan en el sector de la pesca y acuicultura, y que participen en las siguientes ferias comerciales en el año 2024:

  • Alimentaria
  • Barcelona Wine Week
  • Prowein
  • Salón de Gourmets
  • Organic Food Iberia
  • Fruit Attraction

Requisitos de las beneficiarias:

  • Realizar procesos de transformación en instalaciones ubicadas en Navarra, no siendo admisibles las empresas que operan únicamente a maquila ni aquellas cuya actividad consista en el envasado y etiquetado de productos de terceros.
  • Disponer de un contrato formalizado con una entidad que gestione la participación en la feria comercial y presupuesto en el que se recoja la previsión de los costes por la participación en cada una de las ferias solicitadas.
  • Estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones.
  • Cumplir con los límites de ayuda fijados en el Reglamento (UE) 1407/2013 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis.

Gastos subvencionables

  • Serán subvencionables los gastos directamente vinculados a la participación en las ferias comerciales citadas en el punto anterior, que las beneficiarias contraten correspondientes a un máximo de un módulo estándar, por beneficiaria y feria.
  • Se entiende por "gastos directamente vinculados a la participación en las ferias comerciales" todos los gastos que son facturados en concepto de la contratación de los stands, o módulo estándar, incluyendo suelo, montaje, servicios, actividades, zonas comunes y gastos de gestión.
  • No son subvencionables el resto de gastos en los que incurra el operador por acudir a una feria comercial, como sus gastos de viajes, parking, dietas y hoteles.
  • De acuerdo con la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones, en el supuesto de que el gasto subvencionable supere la cuantía de 12.000 euros, la beneficiaria deberá acreditar, sobre la base de tres ofertas, que la elección del proveedor se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, o en su caso, de las razones que impiden la aplicación de estos criterios.

Importe de la ayuda

  • El importe de ayuda aplicable a cada beneficiaria será del 65 % sobre el importe de la factura presentada en concepto de la participación en la feria comercial girada por la entidad organizadora.
  • Se establece un límite máximo de ayuda de 8.000 euros por beneficiaria y feria, y un máximo de 16.500 euros por beneficiaria y convocatoria.
  • El importe total de la ayuda de mínimis concedida por Estado Miembro a una única empresa en el sector de la pesca y de la acuicultura no excederá de 30.000 euros durante un periodo cualquiera de tres ejercicios fiscales.
  • El importe total de la ayuda de mínimis concedida a una única empresa en el resto de sectores no excederá de 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. En su caso, la ayuda a abonar conforme a la convocatoria en curso se ajustará a dicho límite.

Las ayudas serán concedidas mediante el procedimiento de concurrencia competitiva conforme a los criterios de prioridad establecidos en la Base Quinta de las Bases Reguladoras.

Obligaciones

Dar publicidad y difundir que la actividad ha sido subvencionada por el Gobierno de Navarra, bien sea por medios electrónicos en internet o mediante material publicitario e impreso o publicitándolo en el stand de la feria. Para su comprobación, la beneficiaria deberá presentar los oportunos medios de prueba.

Para solicitar la ayuda:

  • Cumplimetar la Solicitud a través del botón "Solicitar". Se presentará una única solicitud de ayuda telemática aunque se solicite ayuda para varias ferias.
  • Copia del NIF de la empresa solicitante.
  • Copia del Registro Sanitario de la solicitante.
  • Tabla resumen con todos los gastos solicitados.
  • Presupuesto / factura proforma de cada gasto incluido en la tabla resumen.
  • Copia del contrato formalizado con una entidad organizadora de la feria.
  • Certificado estar al corriente obligaciones tributarias con Hacienda Foral o indicar en el formulario de solicitud telemática que se autoriza la comprobación.
  • Certificado de estar al corriente de obligaciones con la Seguridad Social indicar en el formulario de solicitud telemática que se autoriza la comprobación.
  • Declaración responsable de otras ayudas obtenidas, incluidas las ayudas de minimis.
  • Documento de compromisos y obligaciones de la beneficiaria.
  • Declaración del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 11/2005, de Subvenciones.
  • Acreditación de elección de proveedor (para suministro de bienes o prestación de servicios superior a 12.000 euros).

Pasos siguientes

  • Finalizado el plazo para la presentación de solicitudes, éstas se evaluarán en régimen de concurrencia competitiva.
  • Resolución de concesión de las ayudas.
  • Una vez recibida la notificación de la Resolución de concesión, en el plazo de un mes, la beneficiaria deberá presentar de forma telemática la Declaración sobre la obligación de transparencia (a través del botón "Presentar" de esta ficha de trámite).
  • Presentación de la documentación necesaria para el abono (a partir de la fecha de concesión de la ayuda y hasta el 1 de noviembre de 2024).
Contacto

Servicio de Explotaciones Agrarias y Fomento Agroalimentario
Sección de Calidad y Promoción Agroalimentaria
C/ González Tablas, 9, 3.ª planta
31005 Pamplona
Teléfono: 848 42 61 11
Correo electrónico: acaballa@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Ayuda destinada a la participación en ferias artesanales con productos agroalimentarios

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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