Ayudas a comunidades energéticas para la transición energética 2025

Información básica

Comunidades energéticas legalmente constituidas e inscritas con dicha condición a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y que cumplan con los requisitos de las bases reguladoras de la convocatoria.

En el caso de las actuaciones recogidas al amparo de la Medida 1 de las bases reguladoras (comunidades energéticas todavía sin constituir), la persona (física o jurídica) representante de la agrupación de personas físicas, autónomas, jurídicas o sin personalidad jurídica sobre la base de un acuerdo marco de colaboración entre sus integrantes en el que sea designada como tal, actuará como beneficiaria de las ayudas.

Actuaciones subvencionables:

  1. Procesos participativos y constituyentes de comunidades energéticas.
  2. Planificación, acompañamiento y asesoramiento de actuaciones de comunidades energéticas.
  3. Redacción de proyectos e inversiones en energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida.
  4. Inversiones en energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida.
  5. Desarrollo de convenios y/o cesiones de espacios a favor de comunidades energéticas.

Definiciones, alcance del proceso participativo y constituyente y planes a considerar para el desarrollo de las comunidades energéticas.

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Vídeo de la sesión informativa sobre la convocatoria.

En el plazo de 1 mes desde la notificación de la Resolución de concesión:

Declaración relativa a la obligación de transparencia de las beneficiarias de subvenciones.

En el caso de subvenciones de importe superior a 30.000 euros, no podrán obtener la condición de beneficiarias las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro que incumplan los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

Documentación justificativa:

a) Facturas de las actuaciones realizadas a nombre de la beneficiaria.

En el caso de que exista más de una factura, se deberá presentar una relación de las facturas según el modelo.

b) Justificantes de pago de las facturas a nombre de la beneficiaria.

c) Cuando alguno de los gastos subvencionables supere el importe (IVA excluido) de 30.000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12.000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia, la beneficiaria deberá acreditar que la elección de la persona o entidad proveedora se ha realizado con criterios de eficiencia y economía, presentando para ello un mínimo de tres ofertas y justificando la elección de la oferta seleccionada en el formulario Justificación de la elección de la persona o entidad proveedora.

d) Actualización de la cuenta bancaria en la que percibirá la subvención: se puede realizar a través del trámite Consultas de cuentas y pago o aportando el formulario de Solicitud de abono por transferencia.

e) Documentación específica según la medida:

  • Medida 1 - Procesos participativos y constituyentes de comunidades energéticas

1. CIF de la comunidad energética constituida.

2. Listado de participantes de la comunidad energética.

3. Memoria sobre la devolución y difusión del resultado del proceso participativo y constituyente.

  • Medida 2 - Planificación, acompañamiento y asesoramiento de actuaciones de comunidades energéticas

1. Copia de los Planes subvencionados.

  • Medida 3 - Redacción de proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible

1. Copia del proyecto o memoria de la actuación realizada.

  • Medida 4 - Inversiones en instalaciones de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y gestión de la demanda energética

1. Proyecto o memoria justificativa de la actuación realizada, según corresponda y conforme a la normativa que sea de aplicación a la instalación ejecutada.

2. Si procede, número de registro de instalaciones eléctricas de baja tensión o de instalaciones térmicas de edificios.

  • Medida 5 - Desarrollo de convenios y/o cesiones de espacios a favor de comunidades energéticas

1. Copia del convenio para el desarrollo de la actuación planificada, y/o documento que certifica la cesión de espacios firmado por todas las partes involucradas.

Resolución 430E/2024, por la que se aprueba la convocatoria.

Tramitación

Plazo: 29/01/25 - 31/12/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo: 17/04/25 - 15/10/25

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Contacto

Servicio de Transición Energética
Teléfono: 848 429 700
Correo electrónico: transicionenergetica@navarra.es

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