Subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en los Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro de Navarra, mediante la realización de inversiones en los mismos

Abierto el plazo de solicitud hasta el 19 de agosto de 2024, inclusive.

Información básica

Las entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo cuando tengan personalidad jurídica propia, figuren inscritos como tales en el Libro de Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo, carezcan de ánimo de lucro y lleven al menos 2 años funcionando desde su calificación en Navarra.

Para poder acogerse a estas bases los Centros Especiales de Empleo deberán realizar las inversiones en centros de trabajo ubicados en la Comunidad Foral de Navarra y tener su domicilio fiscal en dicha Comunidad, con independencia del domicilio social de la empresa.

Para poder ser subvencionables, las inversiones deberán cumplir los siguientes requisitos: 

  • Tratarse de inversiones realizadas entre el 1 de noviembre del año anterior y el 31 de octubre del año en curso y pagadas antes del 5 de noviembre del mismo año.
  • Se establece un importe mínimo para cada concepto de inversión de 400 euros (IVA excluido) por unidad, entendiendo por unidad un conjunto homogéneo funcional y no sus elementos o partes.
  • La cuantía de la subvención podrá alcanzar hasta el 80 % de la inversión proyectada, con un máximo de 25.000 euros por cada Centro Especial de Empleo. En el caso de que siguiera existiendo crédito disponible, la cantidad sobrante se podrá repartir de forma proporcional a los puntos obtenidos, respetando en todo caso el porcentaje mínimo de cofinanciación del 20 % y el tramo valorado en la base 15 e).

La subvención se solicitará en el apartado "Tramitación" a través del botón "Solicitar" (el plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la Resolución de autorización de gasto 2024 en el BON), adjuntando la siguiente documentación:

Documentación para el abono: Las empresas beneficiarias de la subvención deberán presentar, antes del 5 de noviembre de año en curso, la documentación establecida en la base 17 de la convocatoria, pulsando en el botón "Tramitar Abono".

  • Resolución 1974E/2024, por la que se autoriza el gasto para 2024 y se modifican las bases reguladoras de la Resolución 1198/2017.
  • Resolución 2322E/2023, por la que se autoriza el gasto para 2023 y se modifican las bases reguladoras de la Resolución 1198/2017.
  • Resolución 453E/2022, por la que se autoriza el gasto para el año 2022.
  • Resolución 51E/2021, por la se autoriza el gasto para el año 2021.
  • Resolución 1462E/2020, por la que se autoriza el gasto para el año 2020 y se modifican sus bases reguladoras aprobadas por la Resolución 1198/2017.
  • Resolución 1198/2017, por la que se regula la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en los Centros Especiales de Empleo sin ánimo de lucro de Navarra, mediante la realización de inversiones en los mismos.
  • Normativa de minimis. Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de “ayudas de minimis” conforme a lo previsto en el Reglamento 2023/2832 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general.

Tramitación

Plazo: 19/07/24 - 19/08/24

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de de Programas de Empleo de Personas con Discapacidad
Teléfonos: 848 42 44 61
Correo electrónico: empleoydiscapacidad@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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