Subvenciones para el fomento de la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años

Información básica

Entidades para fomentar la contratación en prácticas de personas jóvenes desempleadas menores de 30 años. Podrán ser entidades beneficiarias de la subvención:

  • Empresas.
  • Trabajadoras y trabajadores autónomos.
  • Entidades sin ánimo de lucro.

Las actuaciones objeto de subvención son los contratos en prácticas (consulta los requisitos para ser persona beneficiaria del Sistema Nacional de Garantía Juvenil).

Para poder ser subvencionables deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Empresas:
    • Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
    • Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
    • No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
  • Trabajadores/as contratados/as:
    • Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.
    • Estar inscritas en el Registro Nacional de Garantía Juvenil.
    • Tener una edad inferior a 30 años, salvo que la normativa reguladora establezca una edad límite inferior.
    • Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
      • Titulación universitaria
      • Ciclos formativos de Grado Superior (FP II) o Ciclos formativos de Grado Medio (FP I), siendo equivalentes a los anteriores los títulos de Técnico Especialista (FP II) y Técnico Auxiliar (FP I)
      • Certificado de profesionalidad

El importe máximo de la subvención dependerá de la titulación académica de la persona contratada a jornada completa:

  • Titulación universitaria: 5.100 euros
  • Ciclos formativos de Grado Superior (FP II): 4.350 euros
  • Ciclos formativos de Grado Medio (FP I) y certificados de profesionalidad: 3.600 euros

Bases completas de la convocatoria.

La solicitud de subvención se debe realizar por internet aportando la siguiente documentación:

  • Documento justificativo de que la persona contratada se encuentra inscrita en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Acreditación de estar al corriente del cumplimiento de obligaciones con la Seguridad Social de la empresa solicitante.
  • Declaración responsable de la empresa sobre los requisitos de los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (Anexo I).
  • Declaración en la que se hagan constar las subvenciones, ayudas, ingresos o recursos obtenidos o solicitados para la misma finalidad o, en su caso, una declaración expresa de no haberlos solicitado. La empresa solicitante deberá, asimismo, comunicar por escrito la concesión o nueva solicitud de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos o las nuevas situaciones que puedan producirse al respecto. Se indicará asimismo si están acogidas al régimen de minimis (Anexo II).
  • Declaración de conocimiento de obligaciones de la Unión Europea (Anexo III).
  • En su caso, acreditación de la condición de persona con discapacidad, en los términos de la base 15.2 b).
  • Fotocopia del contrato de trabajo en el que figure la remuneración bruta anual, la publicidad a la que hace referencia la base 10.3 y el plan formativo.
  • Declaración de obligaciones de transparencia (Anexo IV).
  • En el supuesto de estar sujeto a la obligación de Transparencia, completar y enviar los siguientes anexos:
    Declaración sobre la composición de órganos y dedicación.
    Declaración sobre las retribuciones de los cargos.
  • En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, puedes registrar tu cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.
  • Cualquier otra documentación que se solicite por el SNE-NL.

En el caso de personas con N.I.E. es obligatorio indicar el número de soporte (instrucciones).

Régimen de "minimis":

  • Las subvenciones previstas en esta convocatoria tienen el carácter de “ayudas de minimis” conforme a lo previsto en el Reglamento 2023/2831 de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. De conformidad con dicho Reglamento, la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no deberá exceder de 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años. La definición de “única empresa” será la establecida en el artículo 2.2 del mencionado Reglamento.
  • A estos efectos, las empresas declararán las otras ayudas de minimis recibidas durante cualquier periodo de tres años.

Tramitación

Plazo: 15/03/24 - 30/11/24

El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre y cuando se hubiera publicado la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

Las solicitudes referidas a contrataciones realizadas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BON de la autorización de gasto correspondiente.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Fomento del Empleo e Igualdad de Oportunidades
Parque Tomás Caballero, 1
Edificio Fuerte del Príncipe II, 2.ª planta
31005 Pamplona
Correo electrónico: fomentoempleo@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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