Subvenciones para la contratación de personas desempleadas menores de 30, en áreas económicas prioritarias de la estrategia de especialización inteligente

Información básica

Dirigida a empresas cuya actividad se desarrolla en alguna de las áreas económicas prioritarias determinadas por la estrategia de especialización inteligente (automoción y mecatrónica, cadena alimentaria, energías renovables y recursos, salud, turismo integral e industrias creativas y digitales).

Los epígrafes de "división" (a dos dígitos) de CNAE 2009 correspondientes a dichos sectores son:

  • 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29
  • 30 33 35 38 39
  • 55 56 58 59
  • 60 61 62 63
  • 71 72 73 74 75
  • 86
  • 90 91 94

Para poder ser subvencionables, las empresas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener domicilio social y fiscal en la Comunidad Foral de Navarra o centro de trabajo radicado en Navarra.
  • Tener más de 50 trabajadores y trabajadoras en plantilla.
  • Estar legalmente constituidas conforme a su normativa reguladora y, por lo tanto, disponer de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y estar inscritas en el correspondiente registro público.
  • No hallarse incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Personas contratadas:

  • Estar desempleadas e inscritas en el Servicio Navarro de Empleo - Nafar Lansare a la fecha de contrato.
  • Tener una edad inferior a 30 años.
  • No haber tenido en los últimos 6 meses un contrato indefinido.

Contratos a subvencionar:

  • Contratos indefinidos

No serán subvencionables los contratos fijos discontinuos ni los los contratos indefinidos adscritos a obra.

Podrán subvencionarse las transformaciones en indefinido de aquellos contratos inicialmente subvencionados cuya duración era inferior a 12 meses.

Cuantías a subvencionar:

  • Contrato indefinido suscrito con mujeres: 13.200 euros
  • Contrato indefinido suscrito con hombres: 11.880 euros

El período máximo subvencionable será de 12 meses.

En caso de cese de alguna de las personas contratadas se considerará el periodo subvencionado a estos efectos de 12 meses.

La remuneración bruta anual mínima (incluidas pagas extraordinarias) deberá constar en el contrato y no podrá ser inferior a 1,75 veces el SMI legamente establecido.

  • Solicitud de subvención, debidamente cumplimentada, según modelo oficial:
    • Solicitud para persona jurídica
    • Solicitud de prórroga para persona jurídica
      En el caso de personas con N.I.E. es obligatorio indicar el número de soporte (instrucciones).
    • Instancia de subsanación
  • Documentación a acompañar:

Tramitación

Plazo: 15/03/24 - 30/11/24

El plazo de presentación será de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de inicio de la relación contractual, siempre y cuando se hubiera publicado la autorización del gasto correspondiente. En caso contrario, el plazo será de un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación oficial de dicha autorización.

Las solicitudes referidas a contrataciones realizadas a partir del 1 de noviembre de cada año se presentarán en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el BON de la autorización de gasto correspondiente.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare
Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Correo electrónico: fomentoempleo@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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