Subvenciones a las Unidades de Apoyo de los Centros Especiales de Empleo

Se entiende por Unidades de Apoyo, los equipos multiprofesionales enmarcados dentro de estos centros, que  ayudan a superar las barreras o dificultades que tienen los trabajadores con discapacidad  en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo en estos centros

Información básica

Los Centros Especiales de Empleo cuando tengan personalidad jurídica propia y cumplan los siguientes requisitos:

  • Que figuren inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de los Centros Especiales de Empleo.
  • Que carezcan de ánimo de lucro y lleven al menos 2 años funcionando desde su calificación en Navarra.
  • Que su plantilla esté formada por personas trabajadoras con el tipo y grado de discapacidad establecidos en el punto 1 de la base 2.
  • Que dispongan de unidades de apoyo a la actividad profesional de acuerdo con las condiciones establecidas en la base 5.
  • Que dichas unidades presten apoyo a todas las personas con discapacidad en los términos establecidos en la base 2, apartado 1.
  • No hallarse incursos en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 y cumplir el artículo 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento debe acreditarse mediante una "declaración responsable" realizada por la entidad solicitante de la subvención.

Las subvenciones se destinarán a financiar la actividad derivada de la contratación indefinida de las y los trabajadores de las unidades de apoyo para  detectar y determinar, previa valoración de capacidades de la persona y análisis del puesto de trabajo, las necesidades de apoyo para que el trabajador con discapacidad pueda desarrollar su actividad profesional. Se le requerirá, asimismo, desarrollar cuantos programas de formación sean necesarios para la adaptación del trabajador al puesto de trabajo.

Las destinatarias finales de las unidades de apoyo serán personas con discapacidad que trabajen en los CEE y que tengan especiales dificultades de inserción laboral. Éstas deberán encontrarse en alguno de los siguientes supuestos:

  • Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  • Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%.

La cuantía de las subvenciones se establece en 1.200 euros anuales por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad indicados contratada por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses por el Centro Especial de Empleo, con el límite de los costes laborales y de Seguridad Social de las unidades de apoyo.

La subvención de 1.200 euros se reducirá proporcionalmente en función de la jornada en el supuesto de que el contrato sea a tiempo parcial, así como en función del tiempo que la persona esté contratada durante el periodo subvencionado.

Se debe adjuntar la siguiente documentación:

1. Anexo I, que contiene:

  • Listado de las y los técnicos y encargados, con costes salariales y de seguridad social, acompañado de las nóminas y seguros sociales del trimestre objeto de subvención, junto con los correspondientes justificantes de pago.
    En el último trimestre se admitirá como gasto los costes salariales y de Seguridad Social de las y los técnicos y encargados que estén abonados a fecha de la solicitud.
  • Relación de personas destinatarias finales con contrato por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses, con indicación del tipo y grado de discapacidad, que estén contratadas en el trimestre objeto de subvención.

2. Comunicación de las modificaciones de plantilla de las y los técnicos y encargados de unidades de apoyo habidas en el trimestre. En ese caso se presentará las bajas producidas, altas y copia de los contratos de trabajo realizados en el periodo subvencionado. Asimismo, se deberá acreditar el cumplimiento del requisito de titulación o experiencia establecido en la base 5.

3. Anexo II, declaración del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones

4. Anexo III, declaración de percepción de otras ayudas con la misma finalidad.

 

Junto con la primera solicitud, además de lo anterior se presentará:

1. Memoria descriptiva del Plan de Ajuste Personal y Social del Centro Especial de Empleo previsto para todo el período de subvención, con el contenido establecido en el apartado a) de la base 8.3 de la convocatoria.

2. Si la beneficiaria está sujeta a la declaración de obligación de transparencia, deberá presentar la documentación a que se refiere la base 10 letra f) de la convocatoria o indicar ante qué órgano de la Administración de la Comunidad Foral ha sido presentado, según los anexos:

3. La entidad deberá presentar, antes del 11 de noviembre, memoria descriptiva de las actividades realizadas por las unidades de apoyo durante todo el período objeto de subvención con el mismo contenido de la memoria inicial.

Tramitación

Plazo: 1/03/24 - 10/11/24

Los centros presentarán trimestralmente la solicitud de concesión y abono de subvención para el período comprendido entre el 1 de noviembre del año anterior al 31 de octubre del año en curso, de la siguiente forma:

  • Período de 1 de noviembre año anterior al 31 de enero: se solicitará el mes de marzo (plazo hasta el 31 de marzo). Si no se ha publicado la autorización de gasto, el plazo es de un mes a partir del día siguiente a su publicación.
  • Período de 1 de febrero a 30 de abril: mes de junio (plazo hasta el 30 de junio).
  • Período del 1 de mayo a 31 de julio: mes de septiembre (plazo hasta el 30 de septiembre).
  • Período del 1 de agosto a 31 de octubre: se solicitará antes del 11 de noviembre (plazo hasta el 10 de noviembre).

Las solicitudes de concesión y abono trimestral presentadas fuera de plazo quedarán inadmitidas.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Sección de Programas de Empleo de Personas con Discapacidad
Teléfonos: 848 42 44 61 / 848 42 44 29
Correo electrónico: empleoydiscapacidad@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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