Subvenciones para la creación y promoción de empresas de economía social

Apoyo a la creación de nuevas empresas y a la transformación de entidades con actividad empresarial en empresas de economía social; asistencia técnica a empresas de economía social

Información básica

  • Destinatarios de las subvenciones a acciones de apoyo a la creación o transformación en empresas de economía social, descritos en la base 2.1, las microcooperativas o cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, cuyas actividades subvencionables sean realizadas por:
    • Entidades asociativas sin ánimo de lucro y en cuyo objeto social se contemple el fomento de la economía social: entidades asociativas de cooperativas y de sociedades laborales, asociaciones de empresas de inserción o de centros especiales de empleo y asociaciones de fundaciones.
    • Empresas de economía social sin ánimo de lucro y en cuyo objeto social se contemple el fomento de la economía social: microcooperativas o cooperativas de trabajo asociado, sociedades laborales y fundaciones.
    • Empresas de inserción o centros especiales de empleo sin ánimo de lucro
    • Universidades
    • Otras empresas
  • Destinatarios de las subvenciones para asistencias técnicas, descritos en la base 2.2, las empresas de economía social calificadas como tal en los correspondientes Registros y que se encuentren en una de las siguientes categorías:
    • Microcooperativas y cooperativas de trabajo asociado
    • Sociedades laborales
    • Empresas de inserción
    • Fundaciones
    • Centros especiales de empleo
    • Cooperativas del sector agrario

Actividades subvencionables

  • Acciones de apoyo dirigidas de forma directa a la creación de nuevas empresas y de nuevos puestos de trabajo de economía social y/o a la transformación en empresas de economía social. Dichas actuaciones son las siguientes: 
  1. Atención y valoración del proyecto.
  2. Información y asesoramiento sobre el modelo de empresa de economía social directamente relacionado con la creación de la empresa, la adecuación del modelo de empresa a personas emprendedoras y la definición del modelo de funcionamiento interno. 
  3. Definición del modelo de negocio: adecuación del equipo emprendedor con la idea de negocio, plan de empresa o estudios de viabilidad.
  4. Asesoramiento a las personas trabajadoras en los procesos de transformación y/o reconversión de sociedades de capital u otras organizaciones en sociedades laborales, microcooperativas o cooperativas de trabajo asociado.
  5. Análisis de la situación de cada persona emprendedora: situación laboral, contratos, capitalización, etc.
  6. Tramitación de la constitución de la nueva empresa: asesoramiento y seguimiento en el proceso de creación, razón social, notaría, registro, etc.
  7. Ayuda en el acceso a la financiación: información y asesoramiento sobre ayudas y financiación bancaria.
  • Asistencias técnicas para:
  1. Asesoramiento a microcooperativas o cooperativas de trabajo asociado, sector agrario y sociedades laborales para favorecer su gestión empresarial, mejorar la competitividad y fomentar el empleo: estudios de viabilidad, organización, comercialización, planes estratégicos, sistemas de gestión; asesoramiento en áreas de gestión empresarial, excluidas las de carácter ordinario y continuado en la actividad de la empresa; asesoramiento para la cooperación empresarial.
  2. Realizar diagnósticos, implantación o evaluación de planes de acción que favorezcan el desarrollo e implantación del modelo de economía social en el funcionamiento y estrategia de las empresas de economía social: planes de acción de calidad del empleo, entradas de personas socias trabajadoras, inserción laboral de personas jóvenes, inclusión laboral de personas, formación en economía social, promoción del liderazgo participativo, de los valores de compromiso con la sociedad, el impulso a la internacionalización y el crecimiento eficiente y sostenible.

 

Cuantía de la subvención

  • Para las acciones dirigidas al apoyo a la creación y a la transformación en empresas de economía social, el importe de la subvención será del 85% del coste de la actividad subvencionable, excluido el IVA, con un máximo de 4.000 euros por empresa creada o transformada, siempre que estas acciones sean realizadas por las entidades relacionadas en la base 3ª.1. a) apartados 1,2,3 y 4.

Para las acciones realizadas por otras empresas el importe de la subvención será del 60% del coste de la actividad subvencionable.

No se subvencionará la creación o transformación sin el alta o la variación de datos de afiliación en la Seguridad Social de las personas socias trabajadoras mínimas exigidas por las correspondientes normas y, como mínimo, una persona socia trabajadora deberá cumplir los requisitos establecidos en la base 2.1 para tener derecho a la subvención.

  • En las subvenciones para asistencias técnicas, el importe de la subvención será del 75% del coste del proyecto, excluido el IVA, con un máximo de 6.000 euros por solicitud.

 

Dotación presupuestaria

Las subvenciones reguladas en esta convocatoria se financiarán con cargo a la partida presupuestaria consignada con tal fin en los Presupuestos Generales de Navarra, estando condicionada su concesión a la existencia y cuantía de la citada partida.

Será causa de denegación de la subvención la falta de crédito presupuestario.

Nota: a la hora de presentar las solicitudes, existe limitación en el tamaño de los archivos que pueden adjuntarse: límite de 20 megas por archivo y 200 megas como suma del total de archivos. En estos casos puede optarse por comprimir los archivos antes de adjuntar -por ejemplo en formato .zip- o bien separar el documento en varios archivos.

Al realizar la solicitud telemática, deberá adjuntar, escaneados, en ficheros separados y debidamente identificados con su nombre, los siguientes documentos: 

Documentación común

  1. Memoria técnica de las acciones realizadas, que deberá contener, como mínimo: nombre, NIF y domicilio social de las empresas que han participado en el proyecto, denominación del mismo, sector al que pertenecen, ámbito geográfico del plan de actuación, en caso de que el proyecto conlleve acciones formativas, plan formativo y su correspondencia con el proyecto, y fecha de comienzo y finalización del proyecto.
  2. Copia de la escritura o acta de constitución de la empresa beneficiaria, a la que se acompañarán los estatutos de la misma. Tales documentos deberán presentarse actualizados a la fecha de la solicitud.
  3. Copia de la calificación de la empresa como empresa de economía social.
  4. Copia del documento identificativo de las personas representantes legales de la entidad solicitante y, en su caso, apoderamiento de las mismas, así como domicilio a efectos de notificaciones.
  5. Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
  6. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el Ayuntamiento correspondiente.
  7. Impreso de Autorización del tratamiento de datos personales y de consulta en ficheros públicos (Anexo I).
  8. Declaración en la que se hagan constar las ayudas o subvenciones obtenidas o solicitadas a otras administraciones públicas para la misma finalidad o, en su caso, declaración expresa de no haberlas solicitado, así como el compromiso de declarar por escrito ante el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare, en un plazo de quince días, las nuevas solicitu-des de subvenciones y ayudas que presente, así como las concesiones que obtenga, para igual finalidad (Anexo II).
  9. Declaración responsable sobre los requisitos de los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de Subvenciones (Anexo III).
  10. Declaración de transparencia (Nuevo): adjuntar estos documentos a través del apartado Tramitación > Presentación de Declaración de Transparencia. No incluir datos de carácter personal (firma manuscrita, DNI/NIE, direcciones, etc).
  1. En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, se puede registrar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.
  2. Cualquier otra documentación que se solicite por el Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare.

 

Creación de nuevas empresas y transformación

Además, para los programas de creación de nuevas empresas y la transformación de entidades con actividad empresarial en empresas de economía social:

  1. Copia de documento de alta o variación de datos en la Seguridad Social de cada una de las personas socias trabajadoras, contratos de trabajo, facturas y sus correspondientes pagos bancarios.
  2. Copia de documentación acreditativa del cumplimiento del art. 3.1, por parte de la empresa que realiza la actividad subvencionable (escrituras, estatutos, IAE, tarjeta de identificación fiscal).
  3. Relación de las personas por cuya incorporación como socias trabajadoras se solicita la subvención (Anexo V).
  4. Solicitud

La solicitud y las subsanaciones se realizan en los correspondientes apartados del botón "Solicitar".

 

Asistencias técnicas

En caso de optar a ayudas para programas de asistencias técnicas, además de la documentación común, también es preciso:

  1. Copia de facturas junto con sus correspondientes pagos bancarios, relativas a los gastos derivados de la asistencia técnica realizada. Adjuntar relación facturas.
  2. Declaración expedida por el órgano competente de la empresa acreditativa del capital social, así como del número y tipo de acciones, participaciones o títulos que poseen todas las personas socias de la misma Anexo IV.

Las entidades deberán solicitar esta subvención por el botón específico de tramitación. Las subsanaciones necesarias se realizarán a través del botón "Subsanar" específico.

Régimen de "minimis"

Las subvenciones recogidas en esta convocatoria que tengan como beneficiarias a empresas, directa o indirectamente, están sometidas al régimen "de minimis" en los términos establecidos en el Reglamento (UE) nº 2023/2831, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

Las subvenciones recogidas en esta convocatoria que tengan como beneficiarias a Cooperativas del Sector Agrario están sometidas al régimen de “minimis” en los términos establecidos en el Reglamento (UE) N.º 1408/2013, de la Comisión.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Plazo:

En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión, la entidad deberá presentar la declaración de transparencia.

Instrucciones:

Los documentos adjuntados a la presente declaración no deberán contener datos de carácter personal ni firmas manuscritas.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Contacto

Sección de Emprendimiento y Trabajo Autónomo
Parque Tomás Caballero, 1
Edificio Fuerte del Príncipe II, 3.ª planta
31005 Pamplona / Iruña
Correo electrónico: economiasocial@navarra.es

Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:

Subvención a empresas de economía social para creación de empresas y asistencia técnica

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