Subvenciones a empresas de inserción sociolaboral por la contratación de personas en situación de exclusión social mediante evaluación individualizada

Información básica

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se regulan en estas bases las Empresas de Inserción Sociolaboral desde el momento de su calificación provisional.

Subvención por salarios:

Subvención equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, en proporción a la jornada efectivamente trabajada. Durante el periodo comprendido entre el cuarto y el decimoquinto día, ambos inclusive, a partir de la baja en el trabajo por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral, la subvención será equivalente al 50% del Salario Mínimo Interprofesional.

Subvención por cuotas empresariales de la Seguridad Social:

Se concederá una subvención equivalente al 100% de la cuota empresarial de la Seguridad Social, incluida la de accidentes de trabajo y enfermedad profesional, y de las cuotas de recaudación conjunta correspondientes al Salario Mínimo Interprofesional durante la vigencia del contrato, en proporción a la jornada.

Para la concesión y abono de las subvenciones por salarios:

  1. Resumen mensual de salarios o resumen de paga extra y días subvencionables extra en documento habilitado, con la relación de las y los trabajadores en procesos de inserción.
  2. Copia de las nóminas y de los justificantes de pago. Documentación justificativa de anticipos.
  3. En caso de incapacidad temporal se deberá adjuntar los ficheros FIE de cada IT.
  4. Documento Informe de Datos para la Cotización IDC, se adjuntará únicamente en caso de variación de jornada y/o novación del contrato.
  5. Impreso de variaciones en la plantilla si las hay, habilitado al efecto, junto con la documentación que se especifica en dicho impreso.

Para la concesión y el abono de las subvenciones por cuotas empresariales de Seguridad Social:

  1. Resumen mensual cuotas a la Seguridad Social en documento habilitado, con la relación de las y los trabajadores en procesos de inserción.
  2. Copia de los seguros sociales y de su justificante de pago. Listado de costes desglosado (bonificaciones, reducciones y compensaciones).

 

Tanto para la solicitud por salarios como para la de cuotas de Seguridad Social se deberá presentar, con ocasión de la primera solicitud mensual de subvención, los siguientes certificados o, en su caso, declaración responsable de:

  1. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones. 
  2. No percibir otras ayudas para el mismo objeto que aquí se está subvencionando, o de ser así, que entre todas no se supera el coste de la actividad. 
  3. Cumplir con las obligaciones de transparencia (3 documentos): declaración de obligación, declaración de composición de órganos y declaración de retribuciones.

Junto con la solicitud de salarios del mes de mayo se presentará memoria de actividad del periodo anterior subvencionado, relativa a la Empresa de Inserción Sociolaboral, tal como se especifica en la base 5 de la Resolución 3021/2018.

Tramitación

Plazo: 10/01/24 - 10/12/24

El plazo para solicitar la concesión y el pago de la subvención por sus personas trabajadoras de inserción es de un mes a partir del abono de los salarios y cuotas de Seguridad Social, siempre que se hubiera publicado la autorización de gasto correspondiente.

El plazo para presentar las solicitudes del período comprendido entre el 1 de noviembre de 2023 y el mes anterior a la publicación de estas bases será de un mes a partir del día siguiente a dicha publicación.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Contacto

Sección de Inclusión en el Empleo
Teléfonos: 848 42 44 43 / 848 42 44 64
Correo electrónico: insercionsociolaboral@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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