Revisión quinquenal del proyecto de voladuras tipo

Información básica

Entidades que utilizan explosivos para la explotación de recursos minerales.

En el ámbito de la actividad minera, los proyectos de voladura tienen su origen en los proyectos de explotación, cuando en ellos se contempla la extracción de rocas, minerales o estériles mediante el uso de la técnica de perforación y voladura.

El apartado 3.3 de la ITC 10.3-01 (R) Voladuras especiales, aprobada por la Orden, de 20 de marzo de 1986, por la que se aprueban determinadas instrucciones técnicas complementarias relativas a los capítulos IV, V, IX y X del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, establece que "pueden aceptarse proyectos tipo, cuando las voladuras especiales constituyan o vayan a constituir una actividad repetitiva, respetando en todas ellas los parámetros técnicos y medidas previstas en la primera voladura".

Si bien esta ITC no establece un plazo concreto de revisión de los proyectos de voladuras tipo, más allá de su vigencia, mientras se sigan respetando en las voladuras los parámetros técnicos y medidas previstas, parece oportuno que las empresas titulares de la explotación minera realicen, al menos cada 5 años, una revisión profunda, detallada y razonada de la validez actual del proyecto de voladuras tipo que se tiene aprobado.

Información sobre protección de datos de carácter personal.

Pasos del procedimiento:

Si como conclusión de la revisión resulta que ha habido cambios significativos en todos o algunos de los tipos de voladuras, se debería tramitar un nuevo proyecto adaptado a la situación actual. Si, por el contrario, se concluye que todos los tipos de voladuras siguen siendo válidos con las características y parámetros del proyecto vigente, se podrá seguir trabajando conforme al mismo proyecto.

Aquellos documentos que deban ir firmados deben adjuntarse firmados digitalmente.

Además:

El Registro General Electrónico del Gobierno de Navarra tiene una limitación de 20 MB por documento, de forma que pueden presentarse varios documentos (en principio no hay límite) siempre y cuando cada uno de ellos no supere el citado tamaño de 20 MB. Si es preciso presentar algún documento de mayor tamaño, existen dos alternativas:

  • Partir o trocear dicho documento en varios, de forma que cada parte ocupe menos de 20 MB.
  • Utilizar la herramienta CONSIGNA, desarrollada específicamente para estos casos, y comunicar en la instancia el número de localizador y la clave que ofrece dicho programa tras almacenar los documentos.

Si algún plano supera los 20 MB, no puede usarse CONSIGNA, ya que sólo permite adjuntar pdf. En tal caso, contactar con el órgano competente en minería para buscar la solución más adecuada.

ITC 10.3-01 (R) Voladuras especiales, aprobada por la Orden, de 20 de marzo de 1986, por la que se aprueban determinadas instrucciones técnicas complementarias relativas a los capítulos IV, V, IX y X del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, 1, 5.ª planta
Edificio Fuerte del Príncipe II
31005 Pamplona
Teléfono: 848 426 467
Correo electrónico: minas@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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