Solicitante y unidad familiar:
Para la determinación del derecho a la prestación y su importe se considerará a toda la unidad familiar de la persona solicitante.
Determinación de la cuantía:
El importe de Renta Garantizada será la diferencia entre la cuantía establecida, según el número de miembros de la unidad familiar, y los ingresos mensuales que ésta percibe.
Cuantías en 2024:
- Unidad familiar de 1 miembro: 762,01 euros
- 2 miembros: 1.028,71 euros
- 3 miembros: 1.219,22 euros
- 4 miembros: 1.333,52 euros
- 5 miembros: 1.447,82 euros
- 6 o más miembros: 1.524,02 euros
Obligaciones de las personas que perciban la Renta Garantizada.
Estímulos al empleo:
Con el objetivo de estimular el acceso al empleo durante el periodo de percepción de la Renta Garantizada, quedará excluida una parte de los ingresos que provengan de actividades laborales.
Pasos del procedimiento:
El Servicio de Garantía de Ingresos y Cooperación al Desarrollo verificará el cumplimiento de los requisitos por parte de la persona interesada y emitirá un informe favorable, o no, de concesión.
A las familias que solicitan la Renta Garantizada por primera vez se les informará y orientará, desde los Servicios Sociales De Base, sobre su derecho a iniciar un proceso personalizado de inclusión social.
En el caso de que la familia haya recibido la Renta Garantizada por un periodo superior a un año, sin que haya habido ningún cambio ni en la renta que percibe ni en su situación económica, se llevará a cabo un proceso personalizado de inclusión social, con el fin de incentivar y promover una inclusión activa.
Si el periodo de percepción de Renta Garantizada es de al menos dos años, la Administración Pública correspondiente deberá ofertarle, al menos, la posibilidad de participar en un programa de Empleo Social Protegido u otra opción de empleo y/o formación.