Piso tutelado para personas con discapacidad

Servicio garantizado prestado en una vivienda en la comunidad, que ofrece atención integral a las necesidades básicas de estas personas y actividades destinadas a mantener o mejorar su autonomía personal y facilitar su participación social

Información básica

Personas mayores de 18 años con discapacidad física y/o intelectual y/o daño cerebral, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Requerir apoyos profesionales para el desarrollo de una vida autónoma.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 45% en el caso de personas con discapacidad intelectual.
  • Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65% en el caso de personas con discapacidad física.
  • Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.
  • Llevar a cabo, o iniciar en el momento de acceso, una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad considerada adecuada para este recurso por la unidad administrativa competente.
  • Idoneidad de acuerdo con el informe técnico emitido por la unidad administrativa competente.

Este servicio se presta las 24 horas del día, todos los días del año.

El programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración, y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades e intensidad de las mismas.

El servicio incluye las prestaciones siguientes:

  • Alojamiento.
  • Manutención: tres comidas diarias.
  • Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.
  • Acompañamiento social: semanal.
  • Atención social: (de seguimiento) una vez cada cuatro meses.
  • Atención psicológica/psicopedagógica: (de seguimiento) una vez cada seis meses.
  • Habilidades sociales e integración en la comunidad: semanal.
  • Actividades semanales de ocio y tiempo libre.
  • Apoyo a familias: de seguimiento, una vez cada cuatro meses.

Este servicio es compatible con el resto de servicios y ayudas, excepto los de carácter residencial. La prestación económica vinculada a este servicio es compatible con otros servicios y prestaciones en los mismos términos en que lo es éste, y es incompatible con los servicios de ingresos temporales en residencias y de atención residencial para personas menores de 65 años y con el servicio telefónico de emergencia.

Pasos del procedimiento:

La ANADP elaborará un informe de idoneidad. Si del informe se derivan derechos garantizados, se procederá a la comprobación de la situación económica de la persona interesada notificándole:

  • El piso donde será atendida y la fecha de ingreso.
  • El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).
  • En su caso, la ayuda vinculada a ese servicio que se le concede.

Si del Informe de idoneidad no se derivan derechos garantizados se notificará a la persona interesada:

  • El piso donde será atendida, de existir plazas disponibles.
  • El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).

No será necesario presentar la documentación exigida en esta base cuando ya estuviera en poder de la Administración de la Comunidad Foral. En este caso, los solicitantes podrán identificar el expediente que contenga dicha documentación. Asimismo, el órgano instructor podrá requerir a los interesados los datos necesarios.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

Contacto

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 902 165 170 / 848 426 900
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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