Piso supervisado para personas con enfermedad mental

Servicio garantizado prestado en una vivienda en la Comunidad, que ofrece atención integral a las necesidades básicas y sociosanitarias de estas personas,  y persigue el mantenimiento o mejora de su autonomía personal y su inclusión y participación social

Información básica

Personas mayores de 18 años con trastorno mental grave, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante el año anterior a la solicitud.
  • Llevar a cabo, o iniciar en el momento de acceso, una actividad en un centro de estudios, centro o unidad ocupacional, centro especial de empleo, contrato de trabajo en empleo ordinario o cualquier otra actividad considerada adecuada por la unidad administrativa competente.
  • Tener informe de idoneidad emitido por el Centro de Salud Mental correspondiente.
  • Informe de idoneidad emitido por la unidad administrativa competente.

El programa se iniciará con la fase de acogida y primera valoración y con el diseño de un plan de atención individualizada que deberá contener necesidades de apoyo, objetivos, actividades a realizar e intensidad de las mismas. Este servicio se presta las 24 horas del día, todos los días del año y ofrece las siguientes atenciones:

  • Alojamiento.
  • Manutención: tres comidas diarias.
  • Apoyo y supervisión en las actividades de la vida diaria: semanal.
  • Acompañamiento social: semanal.
  • Atención social: mensual
  • Atención psicológica/psicopedagógica de seguimiento:  una vez cada seis meses
  • Habilidades sociales e inclusión en la comunidad: semanal.
  • Actividades de ocio y tiempo libre: semanal.
  • Apoyo a familias: una vez cada cuatro meses

Este servicio es compatible con los de transporte adaptado y asistido, rehabilitación psicosocial y acompañamiento en el entorno familiar o intervención sociocomunitaria.

Tarifas públicas de servicios

Pasos del procedimiento:

- Si como consecuencia del informe de idoneidad, procede emitir una resolución favorable (garantizada), se notificará a la persona solicitante:

  • El piso  donde será atendida  y la fecha de ingreso.
  • El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).
  • En su caso, la ayuda vinculada a ese servicio que se le concede.

- Si del informe de idoneidad no se derivan derechos garantizados, se notificará a la persona interesada:

  • El piso donde será atendida, de existir plazas disponibles.
  • El valor de la aportación económica que debe realizar (copago).

No será necesario presentar la documentación exigida cuando ya estuviera en poder de la Administración de la Comunidad Foral. En este caso, los solicitantes podrán identificar el expediente que contenga dicha documentación. Asimismo, el órgano instructor podrá requerir a los interesados los datos necesarios.

  • Ley Foral 15/2006 de Servicios Sociales.
  • Decreto Foral 30/2019 por el que se modifica el Decreto Foral 69/2008, 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de ámbito general.
  • Orden Foral 210/2009 por la que se regulan las prestaciones económicas vinculadas a servicio.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Ayuda para tramitar por internet

Otras formas de tramitar:

Se realizará a través del Centro de Salud Mental que corresponda a la residencia de la persona interesada, el cual elaborará un informe de idoneidad para el acceso a este recurso.

Contacto

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
C/ González Tablas 7
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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