Plazo:
- La presentación y el ingreso (si corresponde) se efectuarán en los dos meses siguientes a la fecha de devengo
- La presentaciones de documentos relativos a la extinción de usufructos y pensiones por causa de muerte se efectuará en los seis meses a contar desde el fallecimiento del usufructuario o pensionista, si ocurre en España, y de diez meses, si ocurrie en el extranjero.
Instrucciones:
Guía ITPAJD
Si desea realizar la declaración puede hacerlo a través del programa de ayuda.
Una vez presentada la autoliquidación y, si corresponde, pagada la cuota, deberá adjuntar la documentación obligatoria que se cita a continuación en el plazo de quince días a través de la opción "Adjuntar documentación a una declaración".
Deberá aportar la siguiente documentación de forma obligatoria:
- En caso de documentos públicos, copia simple de la escritura pública o copia del documento judicial o administrativo que contenga el acto o negocio jurídico objeto de declaración.
- En el caso de documentos privados, copia del documento que contenga el acto o negocio jurídico objeto de declaración.
Asimismo, en caso de haber aplicado algún beneficio fiscal, podrá aportar también la documentación acreditativa del derecho a su aplicación.
Otras formas de tramitar:
- Una vez cumplimentado el impreso y, si corresponde, pagada la cuota, debe acudir a una oficina territorial de Hacienda Foral de Navarra, donde se devolverá al contribuyente, la copia sellada del impreso; así como la primera copia de la escritura al objeto de su presentación en el Registro correspondiente, la copia auténtica del documento judicial o administrativo, o la copia del documento privado presentado.
- Debe aportar la siguiente documentación de forma obligatoria:
- Primera copia y copia simple de la escritura o copia auténtica del documento judicial o administrativo que contenga el acto o negocio jurídico objeto de declaración y su copia simple.
- En el caso de documentos privados, se presentan por duplicado, original y copia del documento que contenga el acto o negocio jurídico objeto de declaración.
Asimismo, en caso de haber aplicado algún beneficio fiscal, podrá aportar también la documentación acreditativa del derecho a su aplicación.