Declaración de actividades laborales en las que existan fuentes naturales de radiación

Información básica

Personas, físicas o jurídicas, titulares de las siguientes actividades laborales:

  • Sectores industriales que conlleven exposición a material radiactivo de origen natural, incluyendo los procesos secundarios asociados.
  • Almacenamiento, manipulación o eliminación de residuos NORM.
  • Actividades que se desarrollen en lugares de trabajo subterráneos, tales como obras, túneles, minas o cuevas.
  • Actividades que se desarrollen en lugares de trabajo donde se procese, manipule o aproveche agua de origen subterráneo, tales como actividades termales y balnearios.
  • Actividades que se desarrollen en los lugares de trabajo situados bajo rasante o planta baja de los términos municipales de actuación prioritaria publicado por el Consejo de Seguridad Nuclear (ver mapa), cuando a pesar de las medidas adoptadas de acuerdo con el artículo 75.2 del Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes, aprobado por el Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, continúen superando en promedio anual el nivel de referencia establecido en el artículo 72.a).

La disposición adicional séptima del Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes (aprobado por el Real Decreto 1029/2022) establece que las personas titulares de las actividades laborales indicadas en el apartado anterior deberán declarar su actividad ante los órganos competentes de las comunidades autónomas en cuyo territorio se realice la actividad, y llevar a cabo los estudios necesarios para determinar si ésta puede dar lugar a un riesgo radiológico significativo para las y los trabajadores o para la ciudadanía, así como establecer, sobre la base de estos estudios, las medidas y los controles de protección radiológica.

La declaración de las actividades y los estudios y el establecimiento de medidas y controles de protección se realizarán siguiendo las instrucciones y orientaciones dadas por el Consejo de Seguridad Nuclear.

Los órganos competentes de las comunidades autónomas incorporarán las actividades declaradas al "Registro de actividades laborales con exposición a la radiación natural", comunicando esa información al Consejo de Seguridad Nuclear y a la Dirección General de Política Energética y Minas, que mantendrá un Registro Central.

  • Declaración de actividad (identificación del centro de trabajo, actividad y titular), estudios necesarios y estimación del promedio anual de la concentración de material radiactivo de origen natural (NORM).​​

Aviso: aquellos documentos que deban ir firmados deben adjuntarse firmados digitalmente.

  • Real Decreto 1029/2022, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a las radiaciones ionizantes.
  • GS 11-04, metodología para la evaluación de la exposición al radón en los lugares de trabajo (en el enlace, ver punto 11. Radiación natural).

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, 1, 5ª Planta
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfonos: 848 42 64 66 / 848 42 64 67
Correo electrónico: mtrapotr@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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