Personas físicas o jurídicas que realizan voladuras especiales.
Descripción keyboard_arrow_down
Se consideran voladuras especiales las especificadas en la ITC 10.3.01(R) "Voladuras especiales", del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera (consultar el apartado "Normativa").
Documentación a presentar keyboard_arrow_down
Aquellos documentos que deban ir firmados deben adjuntarse firmados digitalmente o escaneados tras haberse firmado en papel.
Acreditación de tener cubierta la responsabilidad civil por accidente debido al uso de explosivos mediante una póliza de seguros que cubra la cuantía mínima actualizada señalada en la ITC 10.3.01, punto 6 b). Para dicha actualización, desde agosto de 1994, conforme al Índice de Precios al Consumo, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, consultar http://www.ine.es/varipc/.
Relación de los equipos de trabajo con los que cuenta la empresa para la ejecución de cada tipo de voladuras.
Número de expediente (0001-0218-AAAA-XXXXXX) de aprobación de disposiciones internas de seguridad, en el que se aprobaron las DIS de empleo de explosivos para los tipos de voladura en que pretendan inscribirse. Si no se ha cumplido dicho trámite, deberá realizarse con anterioridad a la tramitación del certificado de voladuras especiales.
Copias de "Carnés de Artillero" en vigor en plantilla de la empresa para los tipos de voladura en que pretendan inscribirse.
Real Decreto 863/1985, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas básicas de Seguridad Minera, y sucesivas Ordenes Ministeriales por las que se aprueban diversas instrucciones Técnicas Complementarias que desarrollan el anterior Reglamento.
Instrucción Técnica Complementaria ITC 10.3.01 (R) "Voladuras especiales" del capítulo X "Explosivos" del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, modificada por Orden de 29 de julio de 1994.
Este trámite se puede realizar únicamente de forma telemática.
Subsanación keyboard_arrow_down
Instrucciones:
Una vez presentada la solicitud inicial, se puede añadir documentación, bien a iniciativa de quien solicite o bien a requerimiento de la Administración (botón "Subsanar"). Es preciso indicar el código de expediente.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales: