Ayuda económica a personas dependientes para que permanezcan en su domicilio y de apoyo a sus familias
Ayuda económica a personas dependientes para que permanezcan en su domicilio y de apoyo a sus familias
Prestación destinada a contribuir a que las personas discapacitadas dependientes puedan obtener los cuidados que requiere en su domicilio, y de apoyo al entorno familiar que le atiende
Personas en situación de dependencia que cumplan estos requisitos:
Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
Estar siendo atendido mediante cuidados en el entorno familiar antes de solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia.
Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, haber residido durante cinco años en territorio español, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de dos años el periodo de residencia en el territorio español se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia).
Tener asignada esta ayuda en el Programa Individual de Atención (PIA).
No estar ingresado de forma permanente en un centro residencial.
Que la vivienda donde resida cumpla con las condiciones mínimas de habitabilidad y accesibilidad suficiente que permita un correcto cuidado personal.
Todos los requisitos se deben cumplir en el momento de presentar la solicitud y mantenerse durante el periodo de percepción de la ayuda.
Descripción keyboard_arrow_down
Los cuidados que precisa la persona dependiente para el desenvolvimiento de las actividades básicas los prestan sus familiares o personas de su entorno y no requiere, por tanto, la contratación de dichos cuidados. Esta ayuda queire contribuir a que las personas dependientes puedan permmanecer en sus domicilios y servir de apoyo a los familiares que los cuidan. Precisa la designación de un cuidador principal.
Cuantías máximas y mínimas vigentes en 2020, en atención al grado de dependencia:
GRAN
DEPENDENCIA
DEPENDENCIA SEVERA
DEPENDENCIA
MODERADA
Cuantía Máxima
542,85 euros
407,21 euros
180 euros
Cuantía Mínima
249,44 euros
180,00 euros
100 euros
Compatibilidad con otras prestaciones: esta ayuda es compatible, en la cuantía que le corresponda según su valoración económica, con los siguientes servicios:
La asistencia a centros educativos donde se curse educación infantil, primaria o secundaria obligatoria.
Se concederá la ayuda económica a mínimos cuando la compatibilidad se produzca entre la ayuda económica y:
La asistencia a centros ocupacionales.
El servicio de atención domiciliaria municipal (SAD).
Documentación a presentar keyboard_arrow_down
Al ser un recurso del Programa Individual de Atención para las Personas Dependientes, se tendrá en cuenta la documentación presentada con la solicitud de valoración de la dependencia y la información sobre los datos económicos de la unidad familiar.
Si no constaran datos en ese apartado le será aplicado el nivel mínimo de protección que establece la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas dependientes.
Orden Foral 168/2015, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia y se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
Orden Foral 784/2014, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia y se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
Orden Foral 62/2013, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia y se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
Real Decreto-Ley 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
Orden Foral 247/2011, por la que se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
Ley Foral 19/2011, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2012.
Orden Foral 191/2011, por la que se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas en situación de dependencia moderada, nivel 2 y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
Orden Foral 103/2011, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia.
Orden Foral 38/2011, por la que se establece el importe de las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de estas.
Ley Foral 1/2011, por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y se regula la organización, las funciones y el régimen del personal que configura los equipos y el órgano de valoración de la situación de dependencia en Navarra.
Decreto Foral 69/2008, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General.
Real Decreto 615/2007, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Tramitación
Presentación de solicitudes keyboard_arrow_down
Plazo:
Al tratarse de un recurso asignado en el Programa Individual de Atención, el acceso a esta ayuda se incluye en el trámite de valoración del grado de dependencia.
Sólo en el caso de que la persona interesada tuviera ya valorada su dependencia y no tuviera fijado un Programa Individual de Atención, puede solicitarse a efectos de que se le asigne en dicho Programa.
Instrucciones:
De forma presencial en:
Registro de Derechos Sociales
González Tablas, 7
31005 Pamplona / Iruña
Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)
C/ Gonzalez Tablas, 7
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 902 165 170 / 848 426 900
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es
info
Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.
¿Problemas informáticos? Te atendemos de lunes a jueves, de 8:00 a 17:30 horas; y los viernes y meses de verano (julio-septiembre), de 8:00 a 15:00 horas.