Ayuda económica a personas dependientes para que permanezcan en su domicilio y de apoyo a sus familias

Prestación destinada a contribuir a que las personas discapacitadas dependientes puedan obtener los cuidados que requiere en su domicilio, y de apoyo al entorno familiar que le atiende

Información básica

Personas en situación de dependencia que cumplan estos requisitos:

  • Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
  • Estar siendo atendido mediante cuidados en el entorno familiar antes de solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia.
  • Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, haber residido durante cinco años en territorio español, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de dos años el periodo de residencia en el territorio español se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia).
  • Tener asignada esta ayuda en el Programa Individual de Atención (PIA).
  • No estar ingresado de forma permanente en un centro residencial.
  • Que la vivienda donde resida cumpla con las condiciones mínimas de habitabilidad y accesibilidad suficiente que permita el correcto ejercicio del cuidado personal. 

Todos los requisitos se deben cumplir en el momento de presentar la solicitud y mantenerse durante el periodo de percepción de la ayuda.

  • Los cuidados que precisa la persona dependiente para el desenvolvimiento de las actividades básicas los prestan sus familiares o personas de su entorno y no requiere, por tanto, la contratación de dichos cuidados. Esta prestación queire contribuir a que las personas dependientes puedan permmanecer en sus domicilios y servir de apoyo a los familiares que los cuidan.  Precisa la designación de un cuidador principal.
  • Cuantías máximas y mínimas vigentes en 2020, en atención al grado de dependencia:

 

 

GRAN
DEPENDENCIA

DEPENDENCIA SEVERA

DEPENDENCIA
MODERADA

Cuantía Máxima

542,85 €

407,21 €

180 €

Cuantía Mínima

249,44 €

180     

  60 €

 

Se concederá la ayuda económica a mínimos cuando la compatibilidad se produzca entre la ayuda económica y:

  • La asistencia a centros ocupacionales.
  • El servicio de atención domiciliaria municipal (SAD).
  • Al ser un recurso del Programa Individual de Atención para las Personas Dependientes, se tendrá en cuenta la documentación presentada con la solicitud de valoración de la dependencia y la información sobre los datos económicos de la unidad familiar.
  • Si no constaran datos en ese apartado le será aplicado el nivel mínimo de protección que establece la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas dependientes.

Tramitación

Plazo:

  • Al tratarse de un recurso asignado en el Programa Individual de Atención, el acceso a esta ayuda se incluye en el trámite de valoración del grado de dependencia.
  • Sólo en el caso de que la persona interesada tuviera ya valorada su dependencia y no tuviera fijado un Programa Individual de Atención, puede solicitarse a efectos de que se le asigne en dicho Programa.

Instrucciones:

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas
C/ González Tablas, 7
31005 Pamplona
Teléfonos: 902 165 170 y 848 426 900
Fax: 948 240 108
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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