Ayuda económica a personas dependientes para que permanezcan en su domicilio y de apoyo a sus familias

Prestación destinada a contribuir a que las personas discapacitadas dependientes puedan obtener los cuidados que requiere en su domicilio, y de apoyo al entorno familiar que le atiende

Información básica

Personas en situación de dependencia que cumplan estos requisitos:

  • Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
  • Estar siendo atendido mediante cuidados en el entorno familiar antes de solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia.
  • Acreditar residencia efectiva y continuada en Navarra durante los dos años anteriores a la solicitud o, en caso de provenir de otro lugar de España, haber residido durante cinco años en territorio español, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Para los menores de dos años el periodo de residencia en el territorio español se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia).
  • Tener asignada esta ayuda en el Programa Individual de Atención (PIA).
  • No estar ingresado de forma permanente en un centro residencial.
  • Que la vivienda donde resida cumpla con las condiciones mínimas de habitabilidad y accesibilidad suficiente que permita un correcto cuidado personal. 

Todos los requisitos se deben cumplir en el momento de presentar la solicitud y mantenerse durante el periodo de percepción de la ayuda.

  • Los cuidados que precisa la persona dependiente para el desenvolvimiento de las actividades básicas los prestan sus familiares o personas de su entorno y no requiere, por tanto, la contratación de dichos cuidados. Esta ayuda queire contribuir a que las personas dependientes puedan permmanecer en sus domicilios y servir de apoyo a los familiares que los cuidan.  Precisa la designación de un cuidador principal.
  • Cuantías máximas y mínimas vigentes en 2020, en atención al grado de dependencia:

 

 

GRAN
DEPENDENCIA

DEPENDENCIA SEVERA

DEPENDENCIA
MODERADA

Cuantía Máxima

542,85 euros

407,21 euros

180 euros

Cuantía Mínima

249,44 euros

180,00 euros

100 euros

 

Se concederá la ayuda económica a mínimos cuando la compatibilidad se produzca entre la ayuda económica y:

  • La asistencia a centros ocupacionales.
  • El servicio de atención domiciliaria municipal (SAD).
  • Al ser un recurso del Programa Individual de Atención para las Personas Dependientes, se tendrá en cuenta la documentación presentada con la solicitud de valoración de la dependencia y la información sobre los datos económicos de la unidad familiar.
  • Si no constaran datos en ese apartado le será aplicado el nivel mínimo de protección que establece la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía personal y atención a las personas dependientes.
  • Orden Foral 310/2017, por la que se modifica la Orden Foral 62/2013.
  • Orden Foral 192/2016, por la que se modifica la Orden Foral 62/2013.
  • Orden Foral 168/2015, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia y se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
  • Orden Foral 784/2014, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia y se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
  • Orden Foral 62/2013, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia y se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
  • Real Decreto-Ley 20/2012, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
  • Corrección errores de la Ley Foral 19/2011.
  • Orden Foral 247/2011, por la que se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
  • Ley Foral 19/2011, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2012.
  • Orden Foral 191/2011, por la que se regulan las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas en situación de dependencia moderada, nivel 2 y apoyo a las personas cuidadoras de éstas.
  • Orden Foral 103/2011, por la que se establece el régimen de compatibilidad entre diversas prestaciones y servicios en el área de atención a la dependencia.
  • Orden Foral 38/2011, por la que se establece el importe de las ayudas económicas para la permanencia en el domicilio de las personas dependientes y apoyo a las personas cuidadoras de estas.
  • Ley Foral 1/2011, por la que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y se regula la organización, las funciones y el régimen del personal que configura los equipos y el órgano de valoración de la situación de dependencia en Navarra.
  • Decreto Foral 69/2008, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General.
  • Real Decreto 615/2007, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
  • Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tramitación

Plazo:

  • Al tratarse de un recurso asignado en el Programa Individual de Atención, el acceso a esta ayuda se incluye en el trámite de valoración del grado de dependencia.
  • Sólo en el caso de que la persona interesada tuviera ya valorada su dependencia y no tuviera fijado un Programa Individual de Atención, puede solicitarse a efectos de que se le asigne en dicho Programa.

Instrucciones:

De forma presencial en:

  • Registro de Derechos Sociales
    González Tablas, 7
    31005 Pamplona / Iruña
  • Servicio social de base correspondiente al domicilio

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas (ANADP)
C/ Gonzalez Tablas, 7
31005 Pamplona / Iruña
Teléfonos: 902 165 170 / 848 426 900
Correo electrónico: info.derechossociales@navarra.es

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