Ayuda de emergencia social para víctimas de violencia de género

Información básica

Mujeres víctimas de violencia de género que en el momento de la solicitud:

  • Se encuentren en situación de grave riesgo personal.
  • Deban abandonar su residencia habitual.
  • Carezcan de medios económicos para hacer frente a necesidades básicas puntuales.

La ayuda cubrirá las necesidades básicas de la solicitante, de las hijas e hijos menores o personas sujetas a tutela, curatela, guarda o acogimiento, y de las y los familiares que se encuentren bajo su responsabilidad y con quienes conviva, hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad.

Se consideran necesidades básicas las siguientes:

  • Alojamiento
  • Transporte
  • Alimentación
  • Salud
  • Vestido
  • Higiene

La cuantía de la ayuda podrá cubrir la totalidad del gasto precisado, entendiéndose por tal aquel que resulte razonable de acuerdo con las circunstancias del caso, en tanto dure la situación de carencia de medios económicos.

La ayuda sólo podrá concederse una vez a cada solicitante, salvo que la situación de violencia de género a la que se encuentre sometida sea producida por un agresor distinto que el que motivó la anterior situación de riesgo.  

Pasos del procedimiento:

La ayuda será abonada a la solicitante con carácter inmediato, una vez valorada la situación de necesidad por cualquiera de las siguientes entidades de la Comunidad Foral de Navarra:

  • Servicios Sociales de Base
  • Recursos de Acogida para Víctimas de Violencia de Género
  • Equipos de Atención Integral para Víctimas de Violencia de Género
  • Servicios Municipales de Atención a las Mujeres

La entidad que haya realizado el abono podrá solicitar con posterioridad, en nombre de la interesada, la concesión de la ayuda al Departamento Relaciones Ciudadanas e Institucionales del Gobierno de Navarra.

El Instituto Navarro para la Igualdad procederá a la concesión de la ayuda a la interesada y a su pago a la entidad que la haya abonado con anterioridad a la solicitante.

  • Instancia general firmada por la interesada, en la que consten sus datos personales y la autorización a la entidad que ha abonado la ayuda para presentar la solicitud de ayuda en su nombre.
  • Fotocopia del DNI. Las personas que carezcan de nacionalidad española deberán aportar, en su lugar, fotocopia del pasaporte o NIE.
  • En el caso de alegar concurrencia de responsabilidades familiares: 
    • Fotocopia del DNI de las personas familiares que se encuentren a su cargo o de las personas sujetas a tutela, curatela, guarda o acogimiento. En el caso de que estas carezcan de nacionalidad española, fotocopia del pasaporte o NIE.
    • Fotocopia del libro de familia en el caso de menores no obligados a poseer DNI.  
  • Informe técnico de la entidad que haya realizado el abono de la ayuda, que señale la concurrencia en la solicitante de la condición de víctima de violencia de género, grave riesgo personal y carencia de medios económicos. Además, el informe deberá expresar el importe facilitado a la persona solicitante así como la adecuación del gasto realizado.
  • Solicitud de abono por transferencia.
  • Documentos justificativos del gasto realizado. La justificación del gasto se acreditará mediante facturas originales de los gastos o sus correspondientes justificantes de pago.

Todos los documentos presentados deberán ser originales o fotocopias compulsadas notarial o administrativamente.

Tramitación

Instrucciones:

De forma presencial:

  • Instituto Navarro para la Igualdad
    C/ Alhóndiga, 1 - 2º
    31002 Pamplona
    Horario: lunes a viernes, de 8:00 a 14:30 h.

Otras formas de tramitar:

También se puede presentar en las oficinas de registro y atención del Gobierno de Navarra y en cualquier otro lugar previsto en la Ley 39/2015.

Contacto

Instituto Navarro para la Igualdad
C/ Alhóndiga, 1 - 2º
31002 Pamplona
Teléfono: 848 42 15 88
Correo electrónico: inigualdad1@navarra.es
Horario de atención: lunes a viernes, de 8:00 a 14:30 h.

Advertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.

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