Autorización de centros de formación para manipulación de gases fluorados

Autorización a centros formativos para impartir los programas formativos especificados en el anexo II del Real Decreto 115/2017, para la obtención de los certificados personales de acreditación de competencia para la manipulación de gases fluorados

Información básica

  • Centros formativos y evaluadores
  • Profesionales que manipulen gases fluorados

Sólo se considerarán válidos los documentos acreditativos expedidos por centros contemplados en el artículo 8 del Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero.

Los centros de formación autorizados por este Servicio de Energía, Minas y Seguridad Industrial, conforme al Real Decreto 795/2010, de 16 de junio, deberán solicitar una nueva autorización en base al nuevo Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, al derogar éste el anterior, no estableciendo disposición transitoria alguna para los centros de formación. Por lo tanto, se entienden derogadas las autorizaciones que se realizaron en base al Real Decreto anterior.

Pasos del procedimiento:

  • La Administración, previa información complementaria que considere oportuna, dictará resolución y notificará la misma directamente al interesado.
  • Los centros deberán realizar una notificación con dos meses de antelación al inicio de cada curso en la que especifiquen los programas formativos que se van a cursar en su centro.

Información sobre protección de datos

Nueva autorización como entidad de formación (consultar requisitos):

  • Solicitud de autorización en el que se especificará el programa formativo que se va a impartir, conforme al Anexo II del Real Decreto 115/2017.
  • Justificante de la carta de pago
  • Documentación que debe adjuntase a la solicitud:
    • Acreditación de medios humanos y técnicos:
      • Se adjuntará el CV de los formadores, incluyendo vida laboral, y titulación, para justificar su capacidad docente.
      • Se detallarán los medios técnicos disponibles, y un plano del aula para la formación teórica, y práctica.
      • Descripción de los medios humanos y técnicos
    • Memoria descriptiva del curso, donde se detalle la organización y metodología de los cursos a impartir:
      • Desglose de los contenidos teóricos y prácticos del programa formativo elegido.
      • Características de la convocatoria.
      • Sistema previsto de evaluación.
      • Información proporcionada a los alumnos.
      • Distribución de las horas teóricas y prácticas, etc.
      • Procedimientos de notificación y conservación de registros.

Modificación de la autorización otorgada:

Cese de la actividad:

Comunicación de inicio del curso:

  • Formulario de comunicación (deberá presentarse con 2 meses de antelación).
  • Documentación que debe adjuntase a la solicitud: 
    • Seguro de responsabilidad civil
    • Memoria descriptiva del curso
    • Acreditación de medios técnicos y humanos

Tramitación

Instrucciones:

La tramitación se hace exclusivamente a través de medios electrónicos.

Pulse "Tramitar". Incorpore a su solicitud la documentación debidamente cumplimentada o escaneada. Puede adjuntar archivos de hasta 20 MB. Consulte formatos admitidos.

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Ayuda para tramitar por internet

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Contacto

Servicio de Ordenación Industrial, Infraestructuras Energéticas y Minas
Parque Tomás Caballero, nº 1, 5ª Planta
31005 Pamplona (Navarra)
Teléfono: 848 427 069 / 848 426 474 
Correo electrónico: carnes@navarra.es

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