Apoyo a la entrada de nuevas personas socias-trabajadoras con carácter indefinido y a la transformación de empresas en empresas de economía social

Información básica

  • Apoyo a la entrada de nuevas personas socias-trabajadoras: personas físicas que se incorporen como personas socias-trabajadoras con carácter indefinido en sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado que lleven, al menos, un año en funcionamiento a partir de la fecha de alta de la empresa en el IAE.
  • Transformación de empresas en empresas de economía social: personas físicas que hayan adquirido la condición de personas socias-trabajadoras con carácter indefinido en sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado, al cambiar de forma jurídica la empresa en la que trabajaban.

El importe de la subvención será el 30% de la cantidad destinada a adquirir la condición de persona socia-trabajadora con carácter indefinido (que será de al menos 3.000 euros), con un límite de 6.000 euros.

Las personas beneficiarias asumirán la obligación de permanecer en la empresa al menos durante dos años (a contar desde la fecha de la concesión de la ayuda) como socias trabajadoras con carácter indefinido, manteniendo la aportación realizada para su integración.

Esta ayuda es compatible con otras ayudas o subvenciones que puedan concederse con la misma finalidad.

Al realizar la solicitud telemática, deberá adjuntar, escaneados, en ficheros separados y debidamente identificados con su nombre, los documentos que se le solicitan. Existe limitación en el tamaño de los archivos que pueden adjuntarse (límite de 20 megas por archivo y 200 megas como suma del total de archivos). En estos casos puede optarse por comprimir los archivos antes de adjuntar (por ejemplo en formato .zip) o bien separar el documento en varios archivos. Los documentos son:

  • Declaración responsable de la persona solicitante sobre los requisitos de los artículos 13 y 15 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones (Anexo I)
  • En su caso, certificado en el que se haga constar que la persona socia trabajadora que se integra no ha tenido en la sociedad esta condición con carácter indefinido, ni tampoco la de persona socia de clase general, en los dos años anteriores a su incorporación.
  • La adquisición de la condición de personas socia-trabajadora se acreditará mediante escritura pública o documentación equivalente que recoja esta condición.
    Cuando la adquisición sea como consecuencia de la transformación de una persona socia-trabajadora de duración determinada en socia-trabajadora con carácter indefinido deberá presentarse acuerdo del Consejo Rector y contrato societario que recoja dicha transformación.
  • Resolución de concesión del abono de la prestación por desempleo en su modalidad de pago único, en el caso de tenerla concedida para hacer la aportación necesaria para su integración como persona socia-trabajadora
  • Justificantes bancarios acreditativos de haber realizado las aportaciones económicas que dan origen a la solicitud de subvención, en los que se compruebe la trazabilidad entre la persona solicitante, la empresa en la que se produce la incorporación o persona que transmite esa participación de la empresa, y las correspondientes cuentas bancarias
  • Copia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas de la empresa
  • Certificado de empadronamiento de la persona socia-trabajadora en el momento de su incorporación como socia-trabajadora con carácter indefinido
  • En el supuesto de no haber recibido con anterioridad subvenciones del Gobierno de Navarra, se puede registrar la cuenta para recibir el abono a través del trámite Consulta de cuentas y pagos.

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • Cl@ve

Resultados

Contacto

Sección de Emprendimiento y Trabajo Autónomo
Parque Tomás Caballero, 1
Edificio Fuerte del Príncipe II, 3.ª planta
31005 Pamplona
Teléfono: 848 424 459
Correo electrónico: economiasocial@navarra.es

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