Libros registro del IVA e IRPF

Las empresas y profesionales que tienen la obligación de declarar el IVA y/o IRPF deben llevar un registro de sus operaciones

En esta página explicamos qué formato deben tener estos libros y cómo se deben rellenar, y respondemos a las dudas más frecuentes. 

En el caso del IVA, sólo debes seguir las indicaciones de esta página si no presentas los datos a través del Suministro Inmediato de Información (SII)

Formato de los libros

Para facilitar la llevanza de los libros registro, Hacienda ha creado varios documentos que pueden servir de plantilla. 


Para saber más sobre el formato de estos libros, te puedes descargar las indicaciones sobre el formato de los libros registro.
 

Indicaciones para rellenar los libros

Al rellenar los libros, ten en cuenta los siguientes aspectos: 

  • Los libros deben llevarse con claridad, exactitud y por orden de fechas, y reflejar las anotaciones en euros. 
  • Los libros deben contener, entre otros datos, el número de factura, la fecha de expedición, el NIF de la contraparte de la operación, el concepto, el importe, la descripción del bien, el valor de adquisición, etc. 
  • La contabilidad debe permitir determinar con precisión:
    • El importe total del IVA repercutido a los clientes. 
    • El importe total del impuesto soportado en la adquisición de bienes y servicios a proveedores.