Subvenciones a entes locales de las rutas del Camino de Santiago para “inversiones en iluminación eficiente de monumentos y mejoras en eficiencia energética de infraestructuras turísticas”,

En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

Información básica

Entidades locales de Navarra reguladas en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, por las que atraviesa alguna de las 5 rutas del Camino de Santiago.

En el Anexo II se relacionan las entidades locales de Navarra por las que atraviesan las 5 rutas del Camino de Santiago. 

En esta convocatoria se subvenciona la ejecución de proyectos, desarrollados por entidades locales de Navarra en las rutas del Camino de Santiago, en relación con:

1. Iluminación eficiente de monumentos y espacios urbanos emblemáticos.

2. Mejoras en eficiencia energética de infraestructuras turísticas de titularidad pública.

Costes subvencionables:

  • Redacción del proyecto y la dirección de obra. Se admitirá como subvencionable un máximo del 10% del proyecto de ejecución redactado, supeditado  a la efectiva ejecución del mismo, ya sea en su totalidad o en parte.
  • Ejecución de las inversiones, conforme al proyecto de ejecución de obras aprobado.
  • Adquisición e instalación de mobiliario y equipamiento.

Documentación obligatoria para solicitar las ayudas.

1. Formulario de solicitud debidamente cumplimentado y firmado utilizando la firma electrónica de la persona que tenga poder de representación suficiente.

2. Declaraciones en relación con la ejecución de actuaciones del Plan del Recuperación Transformación y Resilencia (PRTR), conforme al modelo del Anexo III, firmado utilizando la firma electrónica de la persona que tenga poder de representación suficiente.   

3. Memoria descriptiva de las actuaciones para las que se solicita la subvención que incluirá, como mínimo, información detallada y pormenorizada sobre los siguientes aspectos:

  • Objetivos que se persiguen con la actuación.
  • Justificación del interés de la actuación.

4. Memoria valorada o, en caso de que las inversiones lo requieran, proyecto de ejecución de obras debidamente sellado.

5. En el caso de solicitudes de actuaciones que incluyan como costes elegibles obra civil, estudio de gestión de residuos donde se justifique el cumplimiento del requisito relativo al mínimo del 70 % de residuos, firmado por técnico competente, o en su defecto declaración responsable firmada por el representante del beneficiario en el que se compromete a cumplir y aportar toda la documentación necesaria para justificar el cumplimiento de lo indicado.

6. En su caso, autorizaciones correspondientes (Medio Ambiente, Patrimonio, u otras).

7. Presupuesto detallado por conceptos, facturas proforma o facturas, que permitan cuantificar los gastos, no admitiéndose en ningún caso, estimaciones de gasto soportadas en apreciaciones o valoraciones de la entidad solicitante.

8. Fotografías del estado de las instalaciones/ infraestructuras a fecha de presentación de la solicitud.

9. Cronograma de ejecución de las actuaciones, fases de ejecución de la actuación y estado de ejecución en el momento de presentar la solicitud de subvención.

10. Certificación de quien ejerza las funciones de Secretaría de la entidad local de que los impuestos indirectos correspondientes a la subvención solicitada, no son susceptibles de recuperación o compensación, según lo dispuesto en el artículo 28.8 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

11. Acreditación de que la entidad solicitante es titular de los espacios o terrenos sobre los que se van a llevar a cabo las actuaciones o, en su caso, de la disponibilidad de los mismos por un periodo de tiempo no inferior a 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud. A estos efectos se presentará un certificado de la Secretaría de la entidad local que acredite dichas circunstancias y que indique, además, los polígonos y parcelas concretas en los que se van a llevar a cabo las actuaciones.

12. En caso de solicitar el anticipo de pago regulado en la base 11ª, deberá presentarse certificación acreditativa de la necesidad de provisión de fondos para el cumplimiento de los fines de la subvención, emitida por quien ejerza las funciones de Secretaría de la entidad local solicitante. Cuando sean varias las entidades solicitantes, deberá aportarse certificado de cada una de las Secretarías.

13. En el caso de Ayuntamientos compuestos que promuevan un proyecto para el conjunto o varios de los concejos que los integran, certificación acreditativa de que existe acuerdo entre las entidades locales afectadas, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación. En la misma se indicará el número total y nombre de los concejos partícipes en el proyecto.

14. En el caso de proyectos desarrollados conjuntamente por varios Ayuntamientos, convenio o documento análogo, donde se indiquen:

  • El número total y nombre de los Ayuntamientos partícipes del proyecto.
  • El Ayuntamiento que asume la ejecución del proyecto, que actuará como interlocutor unico a efectos de presentación de la solicitud de ayuda, de presentación de la justificación de las actuaciones realizadas o de cualquier otra tramitación administrativa o comunicación derivada de la gestión del expediente de la subvención.
  • Las condiciones en que se articula lacolaboración de las partes.

Anexo IV. Requisitos y obligaciones MRR  

 

 

 

 

ORDEN FORAL 63E/2024, de 17 de mayo, de la Consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria.

Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01).

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por la Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Contacto

Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo

Sección de Ayudas y Subvenciones

Teléfono: 848 42 46 25

Correo electrónico: turismo.ayudas@navarra.es

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