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Subvenciones a entidades locales para archivos 2025
En plazo
Información básica
Dirigido a keyboard_arrow_down
- Las entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra, entendiéndose por tales las descritas en los artículos 2 y 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.
- Las entidades solicitantes deberán cumplir con los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Descripción keyboard_arrow_down
Dotación presupuestaria:
Límite máximo 70.000 euros
Importe de la subvención:
La cuantía de la subvención a conceder será la necesaria para financiar el 40% de los gastos del proyecto o programa que se presente (IVA incluido). El IVA aplicable a estos efectos será el vigente en el momento de publicación de la convocatoria. La ayuda máxima a conceder por beneficiario será de 5.000 euros. En aquellos casos en los que las solicitudes correspondan a proyectos de aplicación sobre el patrimonio documental en riesgo, podrá aumentarse la cuantía de la subvención hasta el 60%, siempre que se justifique adecuadamente y no supere la ayuda máxima establecida (5.000 euros).
Pasos del procedimiento:
1. Comprobación de la documentación administrativa.
2. Reclamación, en su caso, de la documentación incompleta.
3. Valoración de las solicitudes y determinación de los importes de la subvención.
4. Resolución de concesión.
5. Notificación a cada solicitante y en la página Web del Gobierno de Navarra.
6. Recepción de aceptación de subvenciones.
7. Presentación de memoria justificativa del trabajo subvencionado, materiales científicos y técnicos y justificantes de gastos realizados.
8. Resolución de abono.
Documentación a presentar keyboard_arrow_down
Junto con la solicitud, las entidades locales que acudan a esta convocatoria, deberán presentar la siguiente documentación:
a) Memoria detallada en la que se contemplen los objetivos, actividades, plazos, presupuestos detallados y justificación del proyecto o programa que se presente.
b) Descripción de los locales de archivo e identificación de los fondos documentales y de los instrumentos de descripción conservados en el archivo municipal de la entidad local.
c) Acreditación de la cualificación técnica o profesional, para la adecuada ejecución de los trabajos archivísticos objeto de la solicitud, de la persona o personas integrantes del equipo o empresa al cual se vayan a encomendar.
d) Acreditación del compromiso de mantener operativo el proyecto o programa objeto de subvención.
e) En el caso de colaboración entre varias entidades locales, certificación de las respectivas secretarías de dicha colaboración.
Además:
Cualquier otra información complementaria, incluso fotografías, que a juicio del solicitante contribuya a justificar la solicitud.
La solicitud de subvención conlleva la autorización para que el órgano concedente obtenga, de forma directa, los certificados telemáticos que acreditan que el solicitante está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En el caso de que la entidad se oponga a ello expresamente en su solicitud, deberá aportar los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las citadas obligaciones.
Normativa keyboard_arrow_down
- Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de subvenciones.
- Orden Foral 50/2016, de 10 de junio, por la que se aprueban las instrucciones para la organización y gestión de los archivos de las entidades locales de Navarra con población inferior a 15.000 habitantes.
- Orden Foral 16E/2025, de 19 de febrero, de la consejera de Cultura, Deporte y Turismo, por la que se aprueba la convocatoria de la subvención "Concesión de subvenciones a entidades locales de Navarra para la puesta en funcionamiento o consolidación de un sistema de archivo propio 2025".
Tramitación
Presentación de solicitud keyboard_arrow_down
Plazo: 15/03/25 - 14/04/25
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Con certificado digital o DNI electrónico
- Con Cl@ve
Subsanar documentación keyboard_arrow_down
Plazo: 15/03/25 - 14/04/25
El plazo de subsanación es de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Con certificado digital o DNI electrónico
- Con Cl@ve
Servicio de Archivos y Patrimonio Documental
C/Dos de Mayo s/n
31001 Pamplona
Organismo responsable - convocante
Departamento de Cultura, Deporte y Turismo
Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana
Este trámite está asociado al siguiente procedimiento administrativo:
Subvención a entidades locales de Navarra para la puesta en funcionamiento y/o consolidación de un sistema de archivo propioAdvertencia: el contenido de esta página tiene carácter meramente informativo; las condiciones son las publicadas en la normativa correspondiente.